Normas sobre la presentacion de la solicitud unica y de la solicitud de asignacion de derechos de pago basico a partir del año 2015, asi como disposiciones de aplicacion a los pagos directos a la agricultura y a la ganaderia, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucia objeto de inclusion en la solicitud unica.

Código de ayuda:

S11973/15

Norma:

Orden de 12 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento para la presentación de la solicitud única de ayudas, de la solicitud de admisión al régimen de pago básico, así como establecer el procedimiento para la gestión de las alegaciones a la asignación provisional, las cesiones y solicitudes a la reserva nacional de derechos de pago básico.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Agricultores que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será de aplicación a los agricultores que deseen obtener los pagos correspondientes a alguno de los
siguientes regímenes de ayuda a partir de la campaña 2015:

a) Los pagos correspondientes a alguno de los siguientes regímenes de ayuda comunitarios establecidos en el Reglamento (UE) núm. 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 637/2008 y (CE) núm. 73/2009 del Consejo, que se citan:

1.º pago básico a los agricultores («régimen de pago básico»),

2.º pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio
ambiente;

3.º pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola;

4.º los pagos correspondientes a alguno de los siguientes regímenes de ayudas asociadas voluntarias, que se citan:

- Ayuda asociada al cultivo del arroz.
- Ayuda asociada a los cultivos proteicos.
- Ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas.
- Ayuda asociada a las legumbres de calidad.
- Ayuda asociada a la remolacha azucarera.
- Ayuda asociada al tomate para industria.
- Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
- Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
- Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
- Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
- Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
- Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de los derechos de pago básico.
- Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de los derechos de pago básico.
- Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de los derechos de pago básico.

5.º un pago específico al cultivo del algodón;

6.º un régimen simplificado para pequeños agricultores.

b) La ayuda nacional a los de Frutos de Cáscara establecida en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

c) Las ayudas destinadas a indemnizar las dificultades naturales en zonas de montaña y/o las ayudas destinadas a indemnizar las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2011 y reguladas por la Orden de 13 de abril de 2011, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de las ayudas destinadas a indemnizar a las personas agricultoras por las dificultades naturales en zonas de montaña y de las ayudas destinadas a indemnizar a las personas agricultoras por las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para la campaña 2011 al amparo del artículo 88 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

d) Las Submedidas Agroambientales concedidas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, en tanto no finalicen los compromisos adquiridos al amparo del artículo 88 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

e) Las ayudas a medidas a aplicar en las zonas de influencia del Parque Nacional de Doñana para fomentar el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio
ambiente y la conservación del espacio natural, previstas en el Reglamento (CEE) núm. 2078/1992, del Consejo de 30 de junio de 1992, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural y por la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de desarrollo de 14 de mayo de 1997, que regula el régimen de ayudas a medidas a aplicar en las zonas de influencia del Parque Nacional de Doñana para fomentar el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.

f) Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies agrarias forestadas al amparo del Reglamento (CEE) núm. 2080/1992, del Consejo, de 30 de junio de 1992, que establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura y reguladas por la
Orden de 5 de agosto de 1998, por la que se desarrolla el Decreto 16 junio 1998, de ayudas para forestación de superficies agrarias.

g) Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies
agrícolas forestadas al amparo del Reglamento (CE) núm. 1257/1999, de 17 de mayo de 1999, y reguladas por Orden de 11 de febrero de 2005, que regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

h) Las ayudas por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para superficies agrícolas forestadas previstas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 y cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden de 26 de marzo de 2009, por la que regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y sus posteriores modificaciones al amparo del artículo 88 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

i) Las ayudas al desarrollo rural en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020,
previstas en el artículo 67 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, cuyas bases reguladoras así lo prevean y establezcan un plazo de presentación de la solicitud de pago dentro del plazo previsto para la presentación de la Solicitud Única, quedando condicionadas a la efectiva aprobación del citado Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2015
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 52
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento