Modificación de las Subvenciones a Jovenes Andaluces o residentes en Andalucia hasta 35 años, inclusive, para poner en funcionamiento y desarrollar proyectos empresariales en Andalucia.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S34355/13

Norma:

Orden de 3 de septiembre de 2013. Orden de 24 de julio de 2014. ORDEN de 5 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de septiembre de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectúar la convocatoria pública, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a jóvenes andaluces o residentes en Andalucía hasta 35 años, inclusive, para poner en funcionamiento y desarrollar proyectos empresariales en Andalucía, para el ejercicio 2014.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención será de 6.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los jóvenes andaluces o residentes en Andalucía hasta 35 años, inclusive.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La puesta en funcionamiento de la nueva empresa tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, necesario y justificado para el funcionamiento de la empresa, tales como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia.

Requisitos:

- El requisito de edad se deberá cumplir a la fecha de presentación de la solicitud.

- Las titulaciones que se relacionan en el apartado anterior serán oficiales.

- El requisito de edad deberá ser cumplido por el solicitante de la subvención y por el resto de los socios promotores. El requisito de titulación sólo se exige respecto al solicitante, con independencia de que sea cumplido por los restantes promotores.

- La presentación de la solicitud por parte de uno de los socios promotores, excluirá la presentación de otras solicitudes para el mismo proyecto por parte de los restantes socios promotores.

Documentos asociados

Boletín: 10/09/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 177
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/10/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 30/07/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 147
Documento: Modificación, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 12/11/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 221
Documento: Modificación Descargar Documento