Modificación de las Ayudas destinadas a financiar movilidades de formacion, en el marco del Programa Erasmus+.- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S48864/14

Norma:

ResoluCión de 16 de octubre de 2014. ResoluCión de 17 de noviembre de 2014. Resolución de 17 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas destinadas a financiar movilidades de formación, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Erasmus+.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El beneficiario recibirá una cantidad de ayuda europea como contribución a sus gastos de viaje y subsistencia durante el período de estancia en otro país siguiendo los siguientes criterios:

a) Contribución a los gastos de viaje del personal basada en la distancia entre su lugar de trabajo y el lugar en el que se desarrolle la actividad correspondiente, según lo que se indica a continuación:

Distancia en kilómetros Cantidad a percibir

Entre 100 y 499 km 180 € por participante

Entre 500 y 1999 km 275 € por participante

Entre 2000 y 2999 km 360 € por participante

Entre 3000 y 3999 km 530 € por participante

Entre 4000 y 7999 km 820 € por participante

Entre 8000 y 19999 km 1.100 € por participante

b) Las cantidades en concepto de subsistencia dependerán del país de destino (dependiendo del grupo indicado en el recuadro), la duración máxima financiada será de 5 días:

Países de destino Cantidad diaria a percibir (hasta un máximo de 5 días)

Grupo A.—Dinamarca, Holanda, Irlanda, Reino Unido, Suecia 120 €

Grupo B.—Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Polonia, República Checa, Rumanía, Suiza, Turquía
105 €

Grupo C.—Alemania, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Eslovaquia, Letonia, Malta, Portugal 90 €

Grupo D.—Croacia, Eslovenia, Estonia, Lituania 75 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los funcionarios de carrera e interinos y contratados fijos, temporales e indefinidos de los colectivos del personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Oviedo que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Movilidad de personal docente y no docente entre instituciones de enseñanza superior, posean o no Carta Universitaria Erasmus, y entre las que puede existir o no un Acuerdo Bilateral Erasmus. La relación de Universidades con las que existe un Acuerdo para el curso 2014-15 estará disponible en la Intranet de la Universidad de Oviedo en el siguiente enlace: https://intranet.uniovi.es/internacional/erasmus/movilidadpersonal.

b) Movilidad de personal docente y no docente de la Universidad de Oviedo a cualquier organización pública o privada en el mercado del trabajo o en los ámbitos de la educación, la formación o la juventud establecida en un país del Programa Erasmus+.

La duración de la estancia será de 2 días a 2 meses, excluyendo viajes.

Se financiarán exclusivamente actividades en instituciones extranjeras realizadas hasta el 30 de septiembre de 2015.

Requisitos:

a) Ser funcionario de carrera, interino o contratado fijo, temporal o indefinido de los colectivos del personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Oviedo.

b) Poseer la nacionalidad de un país participante en el PAP o de terceros países, en cuyo caso deberán acreditar que están en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.

c) Estar en posesión de permiso para el desplazamiento otorgado por el órgano competente.

d) Estar en posesión de programa de trabajo (Acuerdo de Movilidad- anexo III) aprobado por la institución de origen o empresa de acogida.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 247
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 270
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/12/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 294
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento