Modificación de las Ayudas correspondientes a la convocatoria Plataformas Tecnológicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S25246/14

Norma:

Resolución de 29 de mayo de 2014. Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre. Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Se iniciará el día 5 de junio de 2014 a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el 26 de junio de 2014 a las 15:00 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de la convocatoria y el desarrollo del procedimiento de concesión para el año 2014 de las ayudas de la convocatoria Plataformas Tecnológicas.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Universidades públicas y sus institutos universitarios.

c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, cualquiera que sea su forma jurídica.

f) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

g) Asociaciones empresariales sectoriales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión.

a) Organización de la Asamblea Anual de la Plataforma.

b) Actividades de difusión o jornadas temáticas relacionadas con la actividad de la Plataforma.

c) Elaboración de documentos relacionados con la actividad de la Plataforma.

d) Elaboración de estudios prospectivos y estudios de demanda temprana.

e) Actividades en el ámbito de los Retos en colaboración con otras Plataformas.

f) Actividades encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i.

g) Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 236
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/06/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 135
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 30/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 315
Documento: Modificación Descargar Documento