Modificación de la ayuda - Subvenciones dirigidas a la insercion sociolaboral de personas en situacion de exclusion social en empresas de insercion o en empresas ordinarias, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S42828/13

Norma:

Resolución de 20 de noviembre de 2013. Resolución de 28 de noviembre de 2013..

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/12/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones por el Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE), dirigidas a fomentar tanto la inclusión sociolaboral de personas en exclusión del mercado de trabajo en empresas de inserción, promoviendo la creación y mantenimiento de plazas de inserción, como la posterior inserción laboral definitiva del trabajador en el mercado de trabajo ordinario.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Subvención directa a la creación o mantenimiento de las plazas:

- Por cada plaza de inserción creada las empresas de inserción podrán acceder a una subvención
de importe máximo de ocho mil novecientos ochenta (8.980) euros, o sea el 100% del salario mínimo interprofesional (641,40 euros/mes), incluidas las pagas extraordinarias, para el año 2013.

- Por cada plaza de inserción mantenida las empresas de inserción podrán acceder a una
subvención de importe máximo de cinco mil trescientos ochenta y ocho (5.388) euros, o sea
el 60% del salario mínimo interprofesional para el año 2013.

Cuando la contratación se efectúe a tiempo parcial, el importe de la ayuda que corresponda se reducirá en la misma proporción que la jornada que, en ningún caso, podrá ser inferior al 50% de la ordinaria en la empresa.

b) Subvención para la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción y a la inserción, el importe máximo de la subvención para cada contratación variará según el número de plazas de inserción existentes en la entidad en el momento de solicitar la subvención:

- Si cuenta con menos de 5 plazas el importe será de tres mil (3.000) euros anuales por plaza de inserción.

- En caso de que tenga 5 plazas o más, dos mil quinientos (2.500) euros anuales por plaza.

c) Subvención para contratación de gerentes, cuyo importe máximo variará según el número de plazas de inserción existentes en la entidad en el momento de solicitar la subvención:

- Si cuenta con menos de 5 plazas el importe será de cuatro mil (4.000) euros anuales por
plaza de inserción.

- En caso de que tenga 5 plazas o más, tres mil quinientos (3.500) euros anuales por plaza.

En cualquier caso el importe máximo de la subvención a conceder para la contratación de gerente será de veinticuatro mil (24.000) euros por anualidad.

En cualquier caso el cálculo del máximo por plaza de inserción se reducirá proporcionalmente
en el caso de que existan plazas de inserción con jornada parcial.

2. Subvenciones para la inserción definitiva del trabajador que ocupe una plaza de inserción
en el mercado de trabajo ordinario:

a) Subvenciones para la incorporación del trabajador al autoempleo: la subvención será de diez mil (10.000) euros por cada socio trabajador que se incorpore a una entidad de economía social o por cada trabajador autónomo que se constituya como tal.

b) Subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado: la cuantía de la subvención será de siete mil (7.000) euros por persona contratada a jornada completa,reduciéndose proporcionalmente si el contrato de trabajo es a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de inserción que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) La creación y mantenimiento de las plazas de inserción: las empresas de inserción podrán solicitar subvenciones para compensar económicamente el déficit de productividad de los trabajadores en riesgo de exclusión del mercado de trabajo durante los primeros tres años a contar desde la creación de la plaza de inserción, considerándose creación la primera anualidad y mantenimiento las otras dos.

2) La inserción definitiva de la persona que ocupe una plaza de inserción en el mercado de trabajo ordinario.

Requisitos:

a) Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE, en los términos establecidos en el Decreto 137/2009, de 20 de octubre, por el que se regula la calificación de empresas de inserción, el procedimiento de acceso a las mismas y el Registro de Empresas de Inserción (BOC nº 241, de 10.12.09).

b) Cumplir con las obligaciones establecidas tanto en el artº. 6 del citado Decreto 137/2009 ya citado, como en el 9.3 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE nº 299, de 14.12.07).

c) Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción cuyo mantenimiento haya sido objeto de subvención por parte del SCE, sin conseguir que la persona que la ocupaba pase a ocupar otra plaza normalizada en dicha empresa o se inserte en el mercado de trabajo ordinario, salvo que los Servicios Sociales Públicos municipales en los que se inició el procedimiento de acceso a la empresa de inserción emitan informe favorable respecto al cumplimiento del itinerario de inserción sociolaboral del trabajador, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 137/2009, ya citado.

d) La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta, es decir, la
entidad tiene que cotizar en la Seguridad Social, por una persona con la que se haya formalizado el proceso de inserción sociolaboral perteneciente a alguno de los colectivos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE nº 299, de 14.12.07).

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 225
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 03/12/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 233
Documento: Modificación Descargar Documento