Modificación de la ayuda - Ayudas del Programa de Desarrollo Rural de Navarra, a las ayudas agroambientales financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, asi como las comunicaciones de cesiones de derechos de Pago Unico, las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional y la integracion de determinadas ayudas en el Regimen de Pago Unico.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S12691/12

Norma:

ORDEN FORAL 161/2012, de 28 de marzo. ORDEN FORAL 20/2013, de 22 de enero. ORDEN FORAL 26/2014, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud única.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la Solicitud Única de Ayudas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra para la campaña 2012, así como establecer las normas complementarias de la normativa nacional y comunitaria de las ayudas integradas en dicha solicitud.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones ubicadas en su totalidad, o en su mayor parte, en territorio de la Comunidad Foral de Navarra, así como los titulares de explotaciones sin superficie que tienen la mayor parte de los animales en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas directas integradas en la Solicitud Unica:

1. Ayuda al Régimen de Pago Único, establecida en el Título III del Reglamento (CE) 73/2009.

2. Ayuda a los productores de remolacha azucarera, establecida en la Sección 7 del Título IV del Reglamento (CE) 73/2009.

3. Prima por Vaca Nodriza, establecida en la sección 11, artículo 111 del Título IV del Reglamento (CE) 73/2009.

4. Ayudas específicas por aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) 73/2009.

4.1. Ayudas a los agricultores, establecidas en el Título V, capítulo I del Real Decreto 202/2012:

a) Programa Nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano, establecida en la Sección 1.ª.

b) Programa Nacional para el fomento de la calidad de las legumbres, establecida en la Sección 2.ª.

c) Programa Nacional para el fomento de actividades agrícolas específicas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de frutos de cáscara, establecida en la Sección 3.ª

d) Programa Nacional para el fomento de la calidad del tabaco, establecida en la Sección 4.ª.

e) Programa Nacional para el fomento de la calidad de la remolacha azucarera, establecida en la Sección 6.ª.

4.2. Ayudas a los ganaderos, establecidas en el Título V, capítulo II del Real Decreto 202/2012:

a) Ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno, establecida en la Sección 1.ª

b) Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas, establecida en la Sección 2.ª

c) Ayuda para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino, establecida en la Sección 3.ª

d) Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector ovino, establecida en la Sección 4.ª

e) Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector caprino, establecida en la Sección 5.ª

f) Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector vacuno de leche, establecida en la Sección 6.ª

g) Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos, establecida en la Sección 7.ª

5. Ayudas al desarrollo rural contempladas en el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo.

5.1. Ayudas contempladas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra (PDR) para el periodo 2007/2013:

a) Indemnización compensatoria en zonas de montaña y en zonas desfavorecidas de Navarra, regulada en la Orden Foral 32/2007, de 12 de febrero.

b) Ayuda a la agricultura ecológica, regulada en la Orden Foral 33/2007, de 12 de febrero. Los titulares cuya concesión ha finalizado en la campaña 2011, podrán solicitar la prórroga para la campaña 2012
y 2013.

c) Ayuda a la ganadería ecológica, regulada en la Orden Foral 35/2007, de 12 de febrero. Los titulares cuya concesión ha finalizado en la campaña 2011, podrán solicitar la prórroga para la campaña 2012
y 2013.


d) Ayuda al mantenimiento y fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, regulada en la Orden Foral 36/2007, de 12 de febrero.

Los titulares cuya concesión ha finalizado en la campaña 2011, podrán solicitar la prórroga para la campaña 2012 y 2013.

e) Ayudas Agroambientales en zonas esteparias, regulada en la Orden Foral 50/2009, de 9 de febrero.

f) Ayuda Natura 2000 para el pastoreo sostenible en los montes de utilidad pública Sierra de Urbasa y Sierra de Andia.

5.2. Solicitud de ayudas al desarrollo rural en el marco de los Programas aprobados en otras Comunidades Autónomas.

6. Ayudas con cargo exclusivamente a los Presupuestos Generales del Gobierno de Navarra.

a) Ayuda complementaria a la prima por vacas nodrizas.

b) Ayuda a las producciones ganaderas sostenibles.

c) Ayuda al fomento de la técnica del acolchado con plástico biodegradable en los cultivos agrícolas, regulada en la Orden Foral 393/2009 de 7 de agosto.

d) Ayuda al fomento de medidas agroambientales en el cultivo de la patata de siembra, regulada por Orden Foral 322/2009, de 15 de junio.

e) Ayudas a la aplicación de medidas agroambientales en viñedo, regulada por Orden Foral 76/2010, de 19 de febrero.

f) Ayuda al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.

g) Ayuda Natura 2000 al pastoreo de ovino en Bardenas Reales, regulada en la Orden Foral 283/2010, de 15 de junio.

7. En materia de pago único, se regula la presentación de alegaciones a los derechos provisionales correspondientes a la incorporación al régimen de pago único en la campaña 2012, de las ayudas a las Proteaginosas, al Arroz, a las Semillas certificadas, a los Forrajes desecados, a los Frutos de cáscara, a la Prima al sacrificio, y al Arranque de viñedo de la campaña 2011.

8. Así mismo se regulan las comunicaciones de las cesiones de derechos y las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1680/2009.

9. Por último, se solicitará la consideración de la superficie forrajera a efectos del cálculo de densidad ganadera, tal como establece el artículo 65.2 del Real Decreto 202/2012.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 72
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 01/03/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 07/03/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 46
Documento: Modificación Descargar Documento