Modificación de la Subvencion de ayudas para la ejecucion de planes de formacion para 2014, de ambito territorial exclusivo de la Comunidad Foral de Navarra, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, en aplicacion de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S02391/14

Norma:

RESOLUCIÓN 504E/2013, de 31 de diciembre. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo. RESOLUCIÓN 136/2014, de 11 de febrero. RESOLUCIÓN 276E/2014, de 26 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de una convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación, de ámbito territorial exclusivo de la Comunidad Foral de Navarra, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, otorgadas mediante resoluciones de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, modificada por la Orden ESS/1729/2012, de 2 de agosto, dictada en desarrollo del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, modificado por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y de acuerdo con lo previsto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Para la ejecución de planes de formación intersectoriales previstos en la base 12.a), las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito estatal y las más representativas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

2. Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a socios y trabajadores de la economía social, siempre que aporten actividad económica, las confederaciones, federaciones, de carácter intersectorial, de ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y con suficiente implantación de acuerdo a los siguientes requisitos:

a) Agrupar, al menos, a tres de las organizaciones representativas de las distintas entidades de la economía social recogidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, de ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

b) La presencia de sede social permanente, propia o de sus organizaciones integradas en las mismas en Navarra.

La acreditación de estos requisitos se llevará a cabo mediante la emisión de certificados por parte de las organizaciones representativas de las entidades de la economía social agrupadas y mediante la emisión de un informe por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Navarra,
en el plazo de quince días desde su solicitud por el SNE.

c) Contar con presencia de recursos humanos en su estructura.

d) Contar con instalaciones para el desarrollo de la formación.

3. Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a trabajadores autónomos, podrán ser solicitantes:

a) Las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos intersectoriales de acuerdo con los siguientes requisitos:

1.º Encontrarse inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Navarra.

2.º Contar con presencia de recursos humanos en su estructura.

3.º Contar con instalaciones para el desarrollo de la formación.

La Dirección General del Trabajo del Gobierno de Navarra emitirá un informe en el plazo de quince días desde su solicitud por el Servicio Navarro de Empleo, que incluirá los certificados de inscripción en dicho registro de las asociaciones concurrentes y una propuesta del peso relativo que cada entidad pueda tener. A tal efecto, la Dirección General podrá
solicitar a cada una de las entidades la información precisa.

b) Las organizaciones sindicales a las que se refiere el artículo 21.5 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

4. Para los planes de formación previstos en la base 12.d), los centros y entidades de formación, acreditados por el Servicio Navarro de Empleo, de acuerdo con:

a) Acreditación en el mismo certificado o certificados de profesionalidad para los que presenten el plan de formación.

b) Acreditación en el momento de publicación de la presente convocatoria para aquellas especialidades formativas que constituyan el objeto de la solicitud de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Planes de formación intersectoriales compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de personas trabajadoras de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores.

b) Planes de formación intersectoriales dirigidos a socios y trabajadores de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

c) Planes de formación intersectoriales dirigidos a trabajadores autónomos.

d) Planes de formación compuestos por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad, dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica, competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de personas trabajadoras de otros sectores o correspondientes
a áreas formativas prioritarias, que son las dirigidas a anticipar las necesidades de cualificación del nuevo modelo productivo y las orientadas al desarrollo de los sectores más innovadores, las relacionadas con el plan Moderna y los sectores estratégicos de Navarra, que se concretan en los siguientes ámbitos:

–El emprendimiento, la creación y gestión de microempresas.

–En el sector agrario: la producción ecológica y la gestión y el aprovechamiento forestal.

–En el ámbito comercial: la internacionalización de la empresa y la logística.

–En el entorno de la producción industrial: fabricación mecánica, montaje y puesta en marcha de bienes de equipo, automatización industrial, montaje y mantenimiento de maquinaria, equipo industrial y líneas automatizadas de producción, montaje y mantenimiento de instalaciones
frigoríficas.

–Las energías renovables y la eficiencia energética.

–Domótica.

–La gestión medioambiental y la gestión de residuos urbanos e industriales.

–La industria agroalimentaria.

–En el sector de atención a personas: las relacionadas con la promoción de la autonomía personal.

–En el ámbito de la informática y las comunicaciones: el desarrollo de aplicaciones con tecnologías web, la administración de servicios de Internet y la administración y programación de sistemas de planificación de recursos empresariales.

–La producción farmacológica.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/01/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/02/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 31
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 08/01/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 4
Documento: Modificación Descargar Documento