Medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones acaecidas en la isla de La Gomera.

Código de ayuda:

S28882/05

Norma:

REAL DECRETO LEY 8/2005, de 27 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El 17 de enero de 2005 se produjo en la isla de La Gomera un fuerte temporal, con episodios de intensas lluvias que afectaron con especial incidencia a las zonas sur y oeste de la isla, y que llegó a originar un corte de suministro eléctrico durante casi 24 horas.
Estos fenómenos meteorológicos adversos han originado graves y cuantiosos daños en infraestructuras públicas, especialmente en lo que afecta a redes de saneamiento y estaciones depuradoras, así como en la red viaria de titularidad municipal, insular y regional. Asimismo, se han producido daños de menor consideración en instalaciones deportivas, cementerios, establecimientos mercantiles, viviendas y explotaciones agrícolas.

El objetivo, por tanto, de esta norma es aprobar un catálogo de medidas que afectan a varios departamentos ministeriales y abarcan aspectos muy diferentes, pues en tanto que unas se dirigen a disminuir las cargas tributarias, otras, como la concesión de créditos privilegiados, intentan paliar el impacto en las empresas y particulares afectados.

Las medidas establecidas en este real decreto ley se aplicarán a la reparación de los daños ocasionados por las inundaciones producidas el 17 de enero de 2005 en la isla de La Gomera, en los términos municipales de San Sebastián de la Gomera, Hermigua, Agulo, Vallehermoso, Valle Gran Rey y Alajeró.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Gobierno Central ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El valor de las ayudas concedidas en aplicación de este real decreto ley, en lo que a daños materiales se refiere, no podrá superar en ningún caso la diferencia entre el valor del daño producido y el importe de otras ayudas o indemnizaciones declaradas compatibles o complementarias que, por los mismos conceptos, pudieran concederse por otros organismos públicos, nacionales o internacionales, o correspondieran en virtud de la existencia de pólizas de aseguramiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y/o jurídicas afectadas por los daños mencionados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Daños en infraestructuras municipales y red viaria del Cabildo Insular de La Gomera.
- Daños en las demás infraestructuras públicas.
- Indemnización de daños en producciones agrícolas.
- Beneficios fiscales.
- Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
- Medidas laborales y de Seguridad Social.
- Régimen de contratación.
- Ayudas de emergencia.
- Líneas preferenciales de crédito.
- Cooperación con las Administraciones locales.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 127
Documento: Real Decreto Ley Descargar Documento