Medidas para la solicitud, tramitación y concesión de la ayuda desacoplada de régimen de pago único, las ayudas acopladas por superficie y por ganado para la campaña 2008/2009 (año 2008), las medidas para declaración de otro tipo de superficies - Modificación.

Código de ayuda:

S02737/06

Norma:

ORDEN de 9 de enero de 2006. ORDEN de 24 de enero de 2008. ORDEN de 29 de febrero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones para la solicitud, tramitación y concesión, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco de la normativa básica aplicable, así como establecer los modelos de declaración, dentro de la solicitud conjunta, de los siguientes regímenes de ayudas comunitarias para la campaña 2008/2009 (cosecha 2008):

A) En materia de agricultura:

1. La ayuda desacoplada del régimen de «pago único» establecida en el Título III del Reglamento (CE) nº 1782/2003, así como la solicitud de admisibilidad al régimen.

2. Los pagos por superficie a los productores de determinados cultivos herbáceos enumerados en el anexo IX del Reglamento (CE) nº 1782/2003 y regulados en su Capítulo 10, incluidos, en su caso, los suplementos de pago para el trigo duro.

3. La ayuda específica por hectárea «prima a la calidad del trigo duro», establecida en el Capítulo 1 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

4. La ayuda específica por hectárea «prima a las proteaginosas », establecida en el Capítulo 2 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

5. La ayuda específica por hectárea a los productores de arroz, establecida en el Capítulo 3 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

6. La ayuda específica por hectárea para los cultivos energéticos, establecida en el Capítulo 5 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

7. Las ayudas de superficies dedicadas a la producción de frutos de cáscara que se establecen en el Capítulo 4 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

8. La ayuda por superficie al cultivo del olivar, con objeto de contribuir a su conservación establecida en el Capítulo 10 ter del Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo.

9. La ayuda a la producción de semillas, establecida en el Capítulo 9 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

B) En materia de ganadería:

10. La justificación de la superficie forrajera definida en el artículo 2 del Real Decreto 1618/2005 a los efectos de su consideración en el cálculo de la carga ganadera media de la explotación que condiciona el acceso al pago adicional a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas que se describe en el apartado Trigesimoctavo.

11. El pago acoplado correspondiente a la prima en beneficio de los productores que mantienen en su explotación vacas nodrizas y a la prima nacional complementaria establecida en los artículos 125 a 129 del Capítulo 12 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003, con arreglo a las condiciones previstas en el apartado 2.a) i) del artículo 68 del mismo Reglamento (CE) nº 1782/2003.

12. El pago acoplado correspondiente a la prima por oveja y por cabra y a la prima adicional a los productores de ganado ovino y caprino ubicados en zonas donde la producción ovina y caprina constituye una actividad tradicional o contribuye significativamente a la economía rural, establecidas en los artículos 113 y 114 del Capítulo 11 del Título IV del Reglamento (CE) nº 1782/2003, con arreglo a las condiciones
previstas en el artículo 67 del mismo Reglamento (CE) nº 1782/2003.

13. El pago adicional a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas establecido en los artículos 78 a 80 del Real Decreto 1618/2005 en virtud de la aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1782/2003 al programa nacional de desarrollo de la PAC en España.

14. Los pagos adicionales en el sector de la leche de vaca establecidos en los artículos 83 y 84 del Real Decreto 1618/2005 en virtud de la aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1782/2003 al programa nacional de desarrollo de la PAC en España.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas que cumplan con el objeto de la orden.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 11
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/01/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 11
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/01/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 12
Documento: Convocatoria y anexos 2008/2009 Descargar Documento
Boletín: 12/03/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 30
Documento: Modificación Descargar Documento