Medidas para el Desarrollo de la Economía Social y Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S39291/06

Norma:

ORDEN de 25 de septiembre de 2006. ORDEN de 3 de septiembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Durante el mes de octubre del año inmediatamente anterior para las medidas: c y e. Desde el 1/01 hasta el 28/02 para: a, b y d.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las Medidas para el Desarrollo de la Economía Social, con la finalidad de fomentar el desarrollo de una economía social emprendedora, innovadora y competitiva en el marco del tejido productivo andaluz, mediante acciones de investigación y estudios, implantación de planes y programas de innovación para el sector, mejora de la capacidad profesional de socios y trabajadores, así como apoyo a la vertebración y asociación de las empresas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Cooperación empresarial
  • Formación

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas de carácter público o privado que cumplan los requisitos que cada medida determina y que desarrollen su actividad institucional, económica o social principalmente en Andalucía.


a) Federaciones de Economía Social.
A) Federaciones integradas exclusivamente por sociedades cooperativas, inscritas en el correspondiente Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas y B) Federaciones integradas exclusivamente por sociedades laborales, inscritas en el correspondiente Registro
de Asociaciones. En ambos casos con ámbito de actuación en la totalidad de las provincias andaluzas.

b) Confederaciones de Economía Social.
Confederaciones de entidades representativas de la economía social andaluza, inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones, que estén integradas al menos por cuatro federaciones de cooperativas o sociedades laborales de ámbito regional, y cuyo marco de actuación sea la totalidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Fundaciones.
Fundaciones participadas íntegramente por la Junta de Andalucía que tengan entre sus fines fomentar la actividad emprendedora, la innovación y/o el desarrollo de la actividad empresarial, de acuerdo con la ordenación general de la economía, y en particular de acuerdo con lo establecido en el ámbito de la economía social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen las siguientes medidas:

a) Estudio y Difusión de la Economía Social.
b) Asistencia a la Innovación y la Competitividad.
c) Formación Profesional.
d) Acciones para la Cooperación.
e) Asociacionismo.

Requisitos:

El plazo de presentación de solicitudes de cada una de las medidas que regula esta Orden, será para cada ejercicio económico:

a) Durante el mes de octubre del año inmediatamente anterior para el que se solicitan las ayudas, para las medidas:
- Asociacionismo.
- Formación Profesional.

b) Desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero de cada ejercicio económico, para las medidas:
- Estudio y difusión de la Economía Social.
- Asistencia a la Innovación y la competitividad.
- Acciones para la cooperación.

No serán admitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/09/2007
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 182
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento