Medidas de apoyo urgentes a los agricultores, ganaderos y PYMEs agroalimentarias de los sectores especialmente afectados por la situación generada por el coronavirus (COVID-19), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Medida 21).

Código de ayuda:

S52655/20

Norma:

Orden de 7 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecimiento de una línea de subvenciones (LÍNEA A) en régimen de concurrencia no competitiva dirigida a proporcionar asistencia de emergencia a los agricultores y ganaderos afectados por la crisis de COVID-19, con el fin de garantizar la continuidad de su actividad empresarial, pertenecientes a los siguientes sectores:

- A.1. Flor cortada.

- A.2. Planta ornamental.

- A.3. Vacuno de orientación cárnica.

- A.4. Vacuno de otra orientación.

- A.5. Ovino y caprino.

- A.6. Porcino ibérico.

2. Establecimiento de una línea de subvenciones (LÍNEA B) en régimen de concurrencia no competitiva dirigida a proporcionar asistencia de emergencia a las PYMEs agroalimentarias afectados por la crisis de COVID-19, con el fin de garantizar la continuidad de su actividad empresarial, pertenecientes a los siguientes sectores:

- B.1. Sector Vitivinícola: Bodegas de vino.

- B.2. Sector Porcino Ibérico: Secaderos de jamones, paletas y embutidos.

- B.3. Centros de manipulación de flores y plantas ornamentales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado que deberá abonarse, a más tardar el 30 de junio de 2021, sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas por los órganos competentes previstos en el artículo 14 de las bases reguladoras a más tardar el 31 de diciembre de 2020.

2. La cuantía de las ayudas se establecerá conforme a los criterios establecidos en el anexo de las bases reguladoras «Requisitos de admisibilidad y cuantía de las ayudas», sin que en ningún caso pueda superar la cantidad de 7.000 euros en el caso de que los beneficiarios sean titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas y de 50.000 euros en el caso de PYMEs agroalimentarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Línea A: Ayudas a los agricultores y ganaderos afectados por la crisis de COVID-19, pertenecientes a los siguientes sectores:

A.1. Flor cortada.

A.2. Planta ornamental.

A.3. Vacuno de orientación cárnica.

A.4. Vacuno de otra orientación.

A.5. Ovino y caprino.

A.6. Porcino ibérico.

2. Línea B: Ayudas a las PYMEs agroalimentarias afectados por la crisis de COVID-19, pertenecientes a los siguientes sectores:

B.1. Sector Vitivinícola: Bodegas de vino.

B.2. Sector Porcino Ibérico: Secaderos de jamones, paletas y embutidos.

B.3. Centros de manipulación de flores y plantas ornamentales.

Documentos asociados

Boletín: 09/10/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 197
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
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