Línea de préstamos ICF Agroliquiditat con condiciones preferentes para la financiación de personas físicas y/o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias o de empresas agrarias y/o agroalimentarias, las forestales y las del sector pesquero con sede social u operativa en Cataluña, para necesidades de circulante y pequeña inversión, gestionada por el Instituto Catalán de Finanzas y cofinanciada por el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

Código de ayuda:

S13973/23

Norma:

ANUNCIO de 27 de febrero de 2023.ANUNCIO de 28 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta agotar el importe de la Línea.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta normativa es regular las características, requisitos y condiciones de la línea de préstamos “ICF Agroliquiditat” con condiciones preferentes para la financiación de personas físicas y/o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias o de empresas agrarias y/o agroalimentarias, las forestales y las del sector pesquero con sede social u operativa en Catalunya, para necesidades de circulante y pequeña inversión, gestionada por el ICF y cofinanciada por el DACC.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Economía y Hacienda (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A todos los efectos, pueden solicitar préstamos de la línea “ICF Agroliquiditat” las personas físicas y/o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias o de empresas agrarias y/o agroalimentarias, las forestales y las del sector pesquero con sede social u operativa en Catalunya.

Requisitos:

Las personas beneficiarias del préstamo tienen que encontrarse al corriente en sus obligaciones de pago
con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de Catalunya, y no pueden estar afectadas, en general, por cualquier de las situaciones siguientes:

a) Incidencias RAI, ASNEF o de carácter judicial.

b) Fondos propios negativos.

c) Pérdidas continuadas los últimos tres ejercicios.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8870
Documento: Normativa especifica 2023 Descargar Documento
Boletín: 31/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8887
Documento: Modificación Descargar Documento