Linea de financiacion con cargo al Fondo Financiero del Estado para la modernizacion de las nfraestructuras turisticas (FOMIT) y se regula la competencia de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears respecto a la gestion administrativa de estos prestamos para atender planes de renovacion de destinos turisticos maduros.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S52028/10

Norma:

Resolución de 20 de agosto de 2010,. Resolución de 20 de agosto de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de préstamos que tengan por finalidad la realización de los proyectos subvencionables contemplados en el punto sexto de la presente resolución.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Turismo y Trabajo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los préstamos podrán alcanzar un importe del 100 % de la inversión neta financiable, incluido los impuestos ligados a la inversión. Dicho importe, sin embargo, deberá ajustarse a un límite máximo de 6 millones de euros y un mínimo de 300.000 € por beneficiario y año

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

las entidades locales de las Illes Balears enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales.

Con carácter específico, podrán resultar beneficiarios de estos préstamos los consorcios constituidos al efecto por la Administración del Estado, Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y otras Administraciones Locales o entidades públicas o privadas que desarrollen un plan de reconversión o modernización integral de un destino turístico maduro y consolidado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán financiables aquellos proyectos orientados a la modernización de los destinos turísticos maduros, a la reforma o rehabilitación de los equipamientos turísticos municipales o los entornos urbanos y naturales del destino, los cuales podrán contener una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Construcción, ampliación, renovación o remodelación de infraestructuras públicas municipales.

b) Instalación, sustitución o reparación de equipamientos turísticos.

c) Establecimiento, ampliación o mejora de servicios públicos municipales que mejoren la oferta turística.

d) Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas, así como las que faciliten la modernización de los destinos turísticos.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento