Línea de financiación «Préstamos FININVAL- Relanzamiento».

Código de ayuda:

S30873/19

Norma:

Orden de 10 de mayo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Desde el 17 de mayo de 2019 hasta agotamiento de presupuesto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de la presente convocatoria el otorgamiento por parte de FININVAL de préstamos para la financiación de proyectos de inversión y capital circulante, que cumplan las siguientes condiciones:

a) Los proyectos serán llevados a cabo por empresas privadas que desarrollen una actividad industrial productiva en la Comunidad Valenciana y no satisfagan los criterios para ser consideradas una PYME. Se
entiende por empresa privada cualquier entidad que realice una actividad económica, lucrativa, con independencia de su forma jurídica, que no forme parte del sector público, que disfrute de personalidad jurídica propia y diferenciada, y que acredite estar válidamente constituida e inscrita en el correspondiente registro público en el momento de solicitar la financiación. Se entiende por PYME a las pequeñas y medianas empresas que cumplan los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento
(UE) num. 651/2014 de la Comisión.

b) La empresa que desarrolle los proyectos debe tener al menos un establecimiento productivo situado en una localidad o comarca con una densidad de población inferior al 25 % de la densidad media de la Comunitat Valenciana. Estos datos se calcularán a partir de las bases de datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y de la Subdirección General de Estadística de la Generalitat Valenciana.

c) La empresa que desarrolle los proyectos deberá acreditar que está establecida y en funcionamiento durante un periodo mínimo de cinco años previo a la solicitud.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Institut Valencià de Finances (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de los créditos que FININVAL otorgará durante el ejercicio 2019 en el marco de esta línea de financiación asciende a 3.000.000 €, que serán ampliables previa publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de una adenda a esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de la financiación no podrán operar en los siguientes sectores:

a) La fabricación de armamento, armas y munición, el material o las infraestructuras militares o policiales y el material o las infraestructuras destinados a limitar los derechos individuales o la libertad de las personas (es decir, cárceles y centros de detención de todo tipo) o que violen los derechos humanos.

b) Los juegos de azar y el material correspondiente.

c) La fabricación, la transformación o la distribución de tabaco.

d) Las actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional.

e) Las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria, excepto las destinadas a favorecer el acceso a la vivienda de colectivos desfavorecidos en régimen de propiedad o de alquiler, en colaboración con la Generalitat Valenciana.

f) Las actividades meramente financieras.

g) La pesca y acuicultura, la producción primaria de los productos agrícolas.

Si una empresa opera al mismo tiempo en sectores de actividad subvencionables y en sectores excluidos podrá ser beneficiario siempre y cuando sea posible garantizar, mediante la separación de actividades y distinción de costes, que las actividades excluidas no se beneficien, de ningún modo, de la financiación que pueda recibir por las actividades subvencionables.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8548
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento