Las ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda de personas mayores.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S18473/11

Norma:

En Alcorcón, a 8 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incidir en aquellas condiciones de la vivienda que puedan suponer un riesgo o una situación de dependencia o aislamiento, con el objeto de mantener unas condiciones mínimas de higiene, eliminar barreras arquitectónicas, facilitar la movilidad interior o aumentar la seguridad en el entorno doméstico, eliminando el riesgo de accidentes.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Alcorcón (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será el coste del acondicionamiento, reforma o adaptación, siempre con el límite máximo de 1.200 euros en el caso de cambio de bañera por plato de ducha. Se podrá ampliar el límite máximo a 2.000 euros en aquellas situaciones especiales que requieran una mayor inversión de acuerdo a la valoración del equipo técnico, tales como instalación de baño geriátrico.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para adaptaciones funcionales del hogar, entendiéndose por tales las pequeñas reformas y adaptaciones que, no suponiendo una mejora sustancial de la vivienda, lo sean para la eliminación de barreras arquitectónicas, facilitar la movilidad interior, aumentar la seguridad en el entorno doméstico o eliminar el riesgo de accidentes, tales como:

— Cambios de bañera por plato de ducha.

— Sustitución de grifos tradicionales por monomando para facilitar su apertura y regulación térmica a personas con dificultades en las manos.

— Adaptación de baño geriátrico.

— Ensanchar una puerta de acceso para permitir paso con silla de ruedas, cambiar un tabique, suprimir escalones.

— Cambiar el calentador de gas butano por otro eléctrico.

— Instalación de agarradores o barandillas en el interior de la vivienda, así como sillas adaptadas para la bañera o ducha.

— Cambio de cocinas de gas butano por vitrocerámica.

— Otras de similares características que aumenten la seguridad del usuario en el entorno doméstico.

2. Ayudas para acondicionamiento de vivienda y otras tareas que posibiliten el mantenimiento de unas condiciones higiénico-sanitarias básicas.

Requisitos:

1. Tener cumplidos los sesenta y cinco años de edad.

2. Estar empadronado/a en el municipio de Alcorcón.

3. Ser propietario/a de la vivienda para la que se solicita la ayuda o ser arrendatario/a con anterioridad al año 1985. Asimismo pueden ser beneficiarias aquellas personas que tengan contrato de arrendamiento
con el IVIMA posterior a 1985.
En ambos casos se deberá presentar la autorización expresa del/de la propietario/a. En el supuesto de no ser titular de la vivienda deberá tener la cesión en usufructo acreditado documentalmente salvo en el caso de fallecimiento del cónyuge, situación en la que no tendrá que solicitar autorización expresa de sus hijos/as.

En todos los supuestos antes mencionados se debe residir habitualmente en la vivienda.

4. Vivir solo/a o con otras personas mayores de sesenta y cinco años o menor de dicha edad con calificación de minusvalía de al menos un 65 por 100. Asimismo, podrán ser beneficiarios/as mayores de sesenta y cinco años con menores de edad en situación de acogimiento.

5. Que los ingresos netos de toda la unidad familiar derivados de la percepción de pensiones, prestación social, trabajo por cuenta ajena o cualquier otro concepto que genere ingresos correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud (declaración de la renta de acuerdo a los plazos fiscales) no superen los siguientes importes:

— Si el/la solicitante vive solo/a los ingresos netosmáximos serán 12.600 euros/año, 900 euros/mes.

— Si el/la solicitante vive con otras personas mayores de sesenta y cinco años, o menores de sesenta y cinco años con minusvalía del 65 por 100, o con menores de edad en situación de acogimiento, los ingresos netos de la unidad familiar no podrán superar los 15.400 euros/año, 1.100 euros/mes.

Los ingresos netos se obtendrán una vez descontados los gastos de alquiler o hipoteca hasta un máximo de 745,51 euros mes (1,4 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples 2011).

6. Que la obra para la que se solicita la ayuda no esté realizada con anterioridad a la resolución en la que se apruebe la concesión de la ayuda.

7. Que el/la solicitante no haya sido beneficiario/a de esta misma ayuda en los tres años anteriores a la convocatoria actual.

8. Que la unidad familiar no cuente con un capital mobiliario superior a 18.000 euros, ya sea como titular o cotitular de una cuenta a fecha de 31 de diciembre de 2010.

9. Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social.

10. Que la adaptación o mejora para la que se solicita la ayuda sea necesaria para cumplir los objetivos de una intervención social dirigida al mantenimiento del/la solicitante en el domicilio. La acreditación de esta circunstancia se hará por los/as trabajadores/as sociales de la Concejalía de Bienestar Social.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 76
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento