Instrumentos financieros para proyectos del Plan de Modernizacion Industrial del ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S05919/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2015. Orden de 12 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Se iniciará el día 20 de febrero de 2015 y finalizará el 25 de marzo de 2015 a las 14 horas

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) de préstamos bonificados y subvenciones, vinculados a proyectos del Plan de Modernización Industrial para el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Características del préstamo bonificado:

– Cuantía del préstamo: 100 % de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo no superará los 125.000 euros.

– Tipo de interés: 0 %.

– Cuotas de amortización semestrales: la primera cuota de amortización se hará efectiva el 30 de septiembre de 2016 y sucesivamente cada semestre, hasta el 30 de marzo de 2020, con la que se liquidará en su totalidad el préstamo en un plazo de amortización de 48 meses, salvo
modificación de estos plazos por otros posteriores mediante resolución del director general del IVACE.

– Garantías: se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por sociedades de garantía recíproca, que deberá cubrir tanto el importe del préstamo como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso.

El aval será del 30 % del importe del préstamo.

Características de la subvención a fondo perdido: el porcentaje de subvención a fondo perdido será del 30 % del importe de los costes subvencionables, sin que la cuantía de subvención pueda superar los 37.500 euros por proyecto.

Importe máximo de ayuda (préstamo bonificado y subvención a fondo perdido): las ayudas descritas estarán sujetas al régimen de minimis, lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa, calculada como suma de los importes de la subvención bruta
equivalente del préstamo bonificado y de la ayuda concedida en forma de subvención a fondo perdido, no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las Ayudas de minimis.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las PYME industriales manufactureras encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE 102, 28.04.2007), con sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana y cuya fecha de constitución sea anterior al 30 de junio de 2013. Deberán contar con uno o más trabajadores consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al segundo mes anterior a la solicitud, siendo computables a estos efectos los trabajadores cooperativistas en el caso de solicitudes presentadas por cooperativas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de maquinaria industrial nueva afecta al proceso productivo de la empresa solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5417
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/02/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7466
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento