Indemnizaciones derivadas de las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de las bacteriosis en la patata.

Código de ayuda:

S05019/04

Norma:

Orden 10/2004, de 18 de febrero.

Plazo de Solicitud:

1 mes tras recepción de Resolución de contaminación o probable contaminación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las indemnizaciones derivadas de la aplicación de las medidas fitosanitarias adoptadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la erradicación y control, en cultivo de patata, de los organismos nocivos Clavibacter michiganensis ssp. sepedonicus y Ralstonia solanacearum.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá alcanzar el 100% de los gastos y pérdidas.

a) Pérdidas por destrucción de material: Hasta el 80% del precio de mercado por kilo de patatas destruidas.

b) Gastos derivados del arranque y destrucción de la cosecha:
1.- Hasta 12 euros por tonelada de patatas arrancadas para su destrucción.
2.- Hasta 10 euros por tonelada de patatas en concepto de carga, transporte y descarga, cuando la destrucción se realice en un lugar distante más de 30 km. de la parcela afectada.
3.- Hasta 9 euros por tonelada de patata destruida, cuando la destrucción se realice mediante enterramiento en la propia parcela o hasta 18 euros por tonelada en caso de destrucción en el vertedero de RSU de Cantabria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones agrarias que cultiven patata en territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

indemnización los siguientes
gastos y daños:
a) Plantaciones y material destruido como consecuencia de Resolución de la Dirección General de Agricultura.
b) Gastos derivados de las operaciones de arranque y destrucción de material vegetal como consecuencia de medidas ordenadas por la Dirección General de Agricultura.

Requisitos:

a) Haber realizado todas las actuaciones indicadas en las Resoluciones que dicte la Dirección General de Agricultura en relación con la declaración de contaminación o probable contaminación de la explotación.
b) En el caso de patata de siembra, estar autorizado para el cultivo de dicha patata.

Documentos asociados

Boletín: 27/02/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 40
Documento: Convocatoria Descargar Documento