Indemnización por la presencia del oso pardo en Navarra, con el fin de compatibilizar los usos tradicionales ganaderos con laprotección de oso pardo.

Código de ayuda:

S10546/04

Norma:

Orden Foral 152/2004, de 13 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar un régimen de compensaciones para compatibilizar los usos ganaderos ovinos extensivos con la protección del oso pardo en Navarra, durante el año 2004.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se percibirán de acuerdo con el tiempo de estancia del ganado en cada una de las áreas de la zona osera.
La cuantía total corresponderá a la suma de una cantidad por cabeza de ganado y otra en concepto de vigilancia del rebaño, en los siguientes términos:
Area 1
− 0,012 euros por cabeza de ganado ovino y día, con un máximo de 210 días para los ganaderos sedentarios y 90 para los transhumantes.
− 36,06 euros diarios por ganadero, en concepto de vigilancia, con un máximo de 210 días para los ganaderos sedentarios y 90 para los transhumantes.
Area 2
− 0,008 euros por cabeza de ganado ovino y día, con un máximo de 210 días para los ganaderos sedentarios y 90 para los transhumantes.
− 23,80 euros diarios por ganadero, en concepto de vigilancia, con un máximo de 210 días para los ganaderos sedentarios y 90 para los transhumantes.
Areas 3 y 4
− 0,004 euros por cabeza de ganado ovino y día, con un máximo de 210 días para los ganaderos sedentarios y 90 para los transhumantes.
− 11,90 euros diarios por ganadero, en concepto de vigilancia, con un máximo de 210 días para los ganaderos sedentarios y 90 para los transhumantes.
En aquellos casos en que un ganadero reparta su ganado en el tiempo en distintas áreas de la zona osera, la cuantía de la compensación se calculará proporcionalmente al tiempo real de estancia en cada una de ellas.

Se establecen los siguientes límites a las cantidades que, en concepto de compensación, pueda recibir una misma explotación:
− Area 1: 9.016 euros.
− Area 2: 6.010 euros.
− Areas 3 y 4: 3.005 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones de ganado ovino extensivo que lo soliciten.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Establece un régimen de compensación, con el fin de compatibilizar los usos tradicionales ganaderos con la protección del oso pardo en Navarra: atender las molestias que la presencia del oso pardo en Navarra pueda ocasionar a la ganadería extensiva.

Requisitos:

− Poseer un mínimo de 140 cabezas de ganado ovino que pasten anualmente en régimen extensivo en parcelas catastrales ubicadas en la zona osera definida en el siguiente apartado. Así mismo debe demostrarse que en los 3 años anteriores a esta Orden Foral se ha tenido una explotación ganadera ovina extensiva con más de 100 cabezas, en la misma zona.
− Estar inscrito en el Registro de explotaciones Agrarias de Navarra como productores de ovino.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 45
Documento: Convocatoria Descargar Documento