Incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2017.

Código de ayuda:

S17446/18

Norma:

DECRETO 192/2016, de 29 de noviembre. Orden de 14 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan las subvenciones destinadas a la concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2017.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— Programa I: La cuantía de la subvención por contratación indefinida a tiempo completo será:

8.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral.

7.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo anterior.

— Programa II: Las empresas colaboradoras que contraten con carácter indefinido a una persona trabajadora del enclave, con discapacidad y que presente especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo tendrán derecho a una subvención de 7.814 euros por cada contrato celebrado a jornada completa. Esta subvención podrá ser destinada por la empresa colaboradora, total o parcialmente, a servicios de apoyo de la persona contratada. Si la persona contratada no perteneciera a ninguno de los supuestos de especial dificultad de integración en el mercado ordinario de trabajo, la empresa colaboradora tendrá derecho a las subvenciones establecidas para la contratación indefinida de trabajadores discapacitados en empresas ordinarias.

— Programa III: La cuantía de la subvención por cada transformación de contratos temporales en indefinidos realizada a jornada completa será:

5.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral.

4.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo anterior.

— Programa IV: La cuantía de la subvención, por contratación temporal de al menos doce meses de duración a tiempo completo, será:

2.500 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral.

2.000 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo anterior.

— Programa V: Se concederá una subvención de 901 euros, destinada a la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectónicas que dificulten el ejercicio de su actividad laboral, excluyéndose, en todo caso, la adquisición de bienes usados. Dichas cuantía será minorada, en los supuestos de que la contratación sea a tiempo parcial, proporcionalmente a la jornada que figure en el contrato de trabajo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria los/las profesionales colegiados/as y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladas, realicen contrataciones de personas con discapacidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de las mismas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

— Programa II: Subvenciones para la contratación indefinida por empresas ordinarias de personas con discapacidad con especiales dificultades de integración laboral procedentes de los enclaves laborales.

— Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad.

— Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias.

— Programa V: Subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o eliminación de barreras arquitectónicas.

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