Incentivos destinados a favorecer la contratacion de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S32046/13

Norma:

ORDEN de 6 de agosto de 2013. Decreto 149/2012, de 27 de julio. DECRETO 203/2014, de 2 de septiembre. ORDEN de 9 de septiembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

2 meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria pública correspondiente al ejercicio 2014-2015 de las subvenciones dirigidas a favorecer la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo establecidas en el artículo 2 del Decreto 149/2012, de 27 de julio (DOE núm 149, de 2 de agosto), modificado por el Decreto 133/2013, de 30 de julio (DOE núm. 148, de 1 de agosto), y Decreto 203/2014, de 2 de septiembre (DOE núm. 173, de 9 de septiembre).

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Programa I. Subvenciones a la contratación indefinida de las personas con discapacidad en empresas ordinarias o la incorporación de trabajadores con discapacidad como socios trabajadores en caso de Sociedades Cooperativa de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

Cada contratación indefinida de trabajadores con discapacidad a tiempo completo dará lugar a una subvención de 7.000 euros. En el supuesto que la jornada sea a tiempo parcial, dicha cuantía será minorada proporcionalmente a dicha jornada.

B) Programa III. Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales de fomento del empleo, contratos en prácticas, o para la formación, de relevo y de sustitución
por anticipación de la edad de jubilación en indefinidos celebrados con trabajadores con discapacidad.

El importe de la subvención será de 4.500 euros por cada transformación en indefinido realizada a jornada completa. En el supuesto de que las contrataciones sean a jornada parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de jornada.

C) Programa IV. Subvenciones a la contratación temporal de fomento del empleo trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias.

La subvención consistirá en una subvención por cada contratación temporal de fomento del empleo por importe de 1.000 euros. En el supuesto de que las contrataciones sean a jornada parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de jornada.

En el caso de empresas que hayan obtenido la calificación de Empresa Socialmente Responsable
de Extremadura y figuren inscrita en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura creado al efecto por el artículo 10 de la Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura, y regulada en el Decreto 110/2013, de 2 de julio, se establece una cuantía global por cada programa de subvenciones independientemente de las características de cada contratación, equivalente al máximo de las cuantías que pueden ser concedidas en cada programa incrementadas en 1.000,00 euros.

Esta cuantía se otorgará una única vez para cada empresa beneficiaria y no por cada expediente
solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen contrataciones de personas con discapacidad con carácter estable.

Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las
uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones con carácter estable de trabajadores discapacitados.

Además, podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente orden aquellas empresas que, cumpliendo el resto de requisitos y condiciones establecidos en el Decreto
149/2012, de 27 de julio, no tengan la condición de PYME, cuando suponga establecimiento inicial, o la ampliación de sus actividades bien, mediante la apertura de nuevos centros en Extremadura o mediante la ampliación de centros existentes y respecto del personal contratado al servicio de los mismos, que implique una manifiesta contribución a la creación de nuevos empleos, y a la dinamizacion del mercado laboral de esta Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de las personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de trabajadores con discapacidad como socios trabajadores en caso de Sociedades Cooperativa de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

2. Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales de fomento del empleo, contratos en prácticas, o para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación en indefinidos celebrados con trabajadores con discapacidad, en indefinidos celebrados con trabajadores con discapacidad.

3. Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de fomento del empleo de trabajadores
con discapacidad en empresas ordinarias.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/08/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 157
Documento: Convocatoria 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 09/09/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 173
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/09/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 180
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento