Incentivos a proyectos de inversion empresarial en activos fijos considerados estrategicos para la economia catalana para el periodo 2007-2008, y se abre la convocatoria para el año 2007.

Código de ayuda:

S67491/07

Norma:

RESOLUCION IUE/3212/2007, de 27 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular la concesión de incentivos a proyectos de inversión empresarial en activos fijos considerados estratégicos para la economía catalana para el período 2007-2008. La finalidad es atraer a Cataluña proyectos de inversión empresarial que sean considerados estratégicos para la economía catalana. Concretamente se trata de inversiones empresariales en activos materiales e inmateriales asociados a proyectos de inversión inicial que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña, así como el inicio de nuevos proyectos o la diversificación de actividades por parte de empresas que ya operan en Cataluña.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) 15% en los municipios que aparecen en el anexo 2 de esta Resolución.
b) 10% en los municipios que aparecen en el anexo 3 de esta Resolución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que lleven a cabo proyectos como los que se describen en el punto 3 de estas bases.
No se consideran beneficiarias de estas ayudas las empresas siguientes: Las empresas con proyectos de servicios turísticos y de ocio, de comercio al detalle y del sector inmobiliario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables los gastos de adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos siguientes:

Activos materiales: edificios (con un máximo del 30% del total del presupuesto subvencionable del proyecto); maquinaria e instalaciones de nueva adquisición o inversiones que incorporen procesos con alto contenido tecnológico a los equipos ya existentes. En los casos de establecimientos ya existentes, la maquinaria de nueva adquisición debe suponer un avance tecnológico respecto a la anterior maquinaria instalada en la empresa; activos inmateriales: inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados.

Los activos inmateriales subvencionables serán explotados exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda, serán considerados elementos de activo amortizable, serán adquiridos a un tercero en condiciones de mercado y deberán incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento durante al menos cinco años (tres años en el caso de que la empresa sea PYME). Para proyectos de grandes empresas estos costes sólo serán subvencionables hasta un límite del 50% del total del presupuesto subvencionable del proyecto.

Los gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo de 18 meses, a partir de la fecha en que el CIDEM haya confirmado a la empresa, por escrito, que el proyecto es elegible.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4998
Documento: Bases 2007-2008 y Convocatoria 2007 Descargar Documento