Incentivos a la inversión empresarial para el Sector Textil.

Código de ayuda:

S29137/04

Norma:

Orden de 22/12/2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen especial de valoración y tramitación de las ayudas a la inversión en los sectores textil y de la confección de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Textil - Confección
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Industria y Sociedad de la Información (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Máximo 30% de la inversión aprobada, como se prevé en la Orden de 25-07-2002, de concesión de ayudas a la inversión empresarial, de acuerdo con la siguiente escala:
- empresas con más de 50% de eventualidad, 20% de incentivo
- entre 50-41% de eventualidad, 25%
- entre 40-31% de eventualidad, 27%
- entre 30-26% de eventualidad, 29%
- eventualidad menor o igual al 25%, 30% de incentivo
- empresas que inicien su actividad 20% de incentivo.
El nivel de eventualidad se define como el cociente entre el número de empleados eventuales y el número total de trabajadores de la empresa multiplicado por 100, a la fecha de presentación de la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las PYMES, que decidan desarrollar o desarrollen ya sus actividades en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el ámbito del sector textil y de la confección (códigos 17 y 18 de la clasificación CNAE-93).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones efectuadas en inmovilizado material e inmaterial nuevos, así como los gastos necesarios para su puesta en funcionamiento siempre que éstos últimos tengan la consideración contable de mayor valor del inmovilizado, realizadas en el ámbito territorial de CastiIla-La Mancha, por los siguientes conceptos:
- Adquisición de terrenos, obra civil, edificios nuevos y otras obras vinculadas a la actividad subvencionada.
- Adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.
- Mobiliario y enseres.
- Equipos para procesos de información, instalaciones de diseño y fabricación asistido por ordenador.
- Trabajos de planificación e ingeniería del proyecto asociados a la inversión en obra civil.
- Activos intangibles ligados a la inversión solicitada, excepto fondo de comercio y derechos de traspaso.

En los proyectos de ampliación y/o modernización que se presenten será subvencionable la obra civil, edificios nuevos y otras obras vinculadas a la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2004
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 247
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento