Incentivos a la contratación dirigidos a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.

Código de ayuda:

S06282/04

Norma:

Orden de 26 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de hombres y mujeres y remover los obstáculos que sobre el empleo puede producir la maternidad y otras situaciones pertenecientes al ámbito de la familia, favoreciendo la conciliación de la vida laboral y familiar.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Reincorporaciones a la empresa tras un proceso de maternidad/paternidad:
La ayuda, pagadera de una sola vez, consistirá en una subvención en cuantía equivalente al importe de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, correspondientes a la base mínima para el año 2004 del grupo de cotización al que pertenezca el trabajador que se reincorpora; o, en su caso, al importe del 100% de las cuotas correspondientes a la base mínima de cotización del correspondiente régimen de la Seguridad Social para trabajadores autónomos, en ambos casos calculada sobre 12 mensualidades.

b) Sustitución de personas trabajadoras en excedencia:
Los contratos de interinidad para la sustitución de personas trabajadoras en excedencia para el cuidado de familiares o con reducción de la jornada de trabajo por motivos familiares, se incentivarán con una ayuda de hasta 2.400 euros que se reducirá proporcionalmente cuando su duración sea por un período inferior a un año, o la parte proporcional correspondiente cuando el contrato de interinidad se celebre a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten o reincorporen a trabajadores para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas para las personas trabajadoras que se reincorporen a la empresa tras un proceso de maternidad/paternidad.
b) Ayudas para la sustitución de personas trabajadoras en excedencia para el cuidado de familiares o con reducción de la jornada de trabajo por motivos familiares.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 09/03/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 48
Documento: Convocatoria Descargar Documento