Estancias formativas en empresas o instituciones durante el año 2007, destinadas a profesorado de centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias que impartan Formación Profesional Específica, y seaprueban sus bases de concesión.

Código de ayuda:

S03028/07

Norma:

ORDEN de 21 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/10/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar estancias formativas en empresas o instituciones radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2007, dirigidas al profesorado de centros docentes públicos dependientes de esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, conforme a las condiciones y requisitos que se establecen en la presente Orden.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los interesados deberán pertenecer o impartir la docencia correspondiente a alguno de los cuerpos o escalas docentes que se detallan a continuación, en alguna de las especialidades con atribución docente para impartir módulos profesionales de Formación Profesional Específica:

- Profesorado de Enseñanza Secundaria.
- Profesorado Técnico de Formación Profesional.

Estar en situación de servicio activo y haber impartido docencia directa o desempeñado tareas relacionadas con la educación en los servicios centrales o concurrentes de esta Consejería, durante el
curso 2005-2006.

No tener concedida en el curso 2006-2007 licencia por estudios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El período de duración de la estancia será de 5 días efectivos como mínimo y de hasta 20 días efectivos como máximo, pudiendo ser el resultado de la estancia en una o más empresas o entidades.

Excepcionalmente, se podrá autorizar períodos de estancia formativa superiores al señalado.

La estancia formativa se podrá realizar, bien en horario lectivo del profesorado, con los efectos de la Disposición Novena, o bien en horario no lectivo con los efectos de la Disposición Vigesimotercera.

La estancia formativa se podrá desarrollar hasta el 30 de noviembre, excepto en el mes de octubre, por razones obvias de funcionalidad de los centros docentes.

Documentos asociados

Boletín: 09/01/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 6
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento