Empleo Directo Activo para el año 2015.

Código de ayuda:

S21191/15

Norma:

ORDEN FORAL 204/2015, de 16 de marzo. ORDEN FORAL 373/2015, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la incorporación laboral de personas en riesgo de exclusión social que sean perceptoras de renta de inclusión social o que se encuentren en un periodo de carencia de la prestación, el Departamento de Políticas Sociales convoca subvenciones para 2015 con la finalidad de financiar la contratación de estas personas por parte de entidades locales, entidades mercantiles, autónomos y entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para las entidades locales y de iniciativa social sin ánimo de lucro se reservará un total de 1.425.000 euros.

2. Para las Entidades privadas mercantiles y autónomos se reservará 75.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1.–Entidades Locales.

2.–Entidades de Iniciativa Social sin ánimo de lucro.

3.–Entidades privadas mercantiles y autónomos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de los costes salariales derivados de la contratación en régimen laboral de las personas beneficiarias.

Requisitos:

Son beneficiarias finales de las ayudas económicas establecidas en la presente convocatoria las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar percibiendo la prestación de Renta de Inclusión en el momento efectivo de la contratación o bien haberla agotado en el año anterior a la contratación.

b) Tener las habilidades y competencias sociolaborales suficientes para no precisar de un acompañamiento social.

c) Estar inscritas como demandantes de empleo en las Agencias del Servicio Navarro de Empleo a la fecha de la contratación.

d) Tendrán preferencia en la contratación las personas que hayan agotado la prestación de Renta de Inclusión Social, de acuerdo con el artículo 7.9 de la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, de Renta de Inclusión Social.

Las Entidades Locales seleccionarán para la contratación a las personas que consideren más adecuadas para la realización de la actividad laboral, de entre las que le sean propuestas por el Servicio Social de Base de referencia.

En el caso de las empresas y entidades sin ánimo de lucro podrán dirigirse a los servicios sociales municipales o a los Equipos de Incorporación Socio Laboral (EISOL) del Gobierno de Navarra para la selección de las posibles personas a contratar.

2. Las entidades locales, entidades mercantiles, autónomos o entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro contratantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica.

b) Tener los centros de actividad o laborales ubicados en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

d) No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

e) Cuando en los doce meses anteriores a la fecha del inicio del contrato subvencionable, hayan extinguido, por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo o extinción del contrato por causas objetivas en el supuesto del artículo 52 c) de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, contratos indefinidos en los centros de trabajo de la empresa ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, quedarán excluidas de las ayudas establecidas en esta convocatoria.

La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 82
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 12/08/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 156
Documento: Ampliación Presupuestaria Descargar Documento