Desarrollo del subsistema de formación profesional para la empleo en materia de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores/as empleados/as, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S26737/12

Norma:

ORDEN EMO/212/2012, de 13 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases que deben regir las subvenciones destinadas a la modalidad de formación de oferta, dirigida prioritariamente a trabajadores/ as empleados/as, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, y abrir la convocatoria de 2012.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe mínimo por plan formativo de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Podrán solicitar las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación intersectoriales, que prevé el artículo 7.a) de esta Orden, las organizaciones empresariales y sindicales intersectoriales de Cataluña, con ámbito de actuación en toda la comunidad autónoma.

2. Podrán solicitar las subvenciones destinadas a la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos a los colectivos de trabajadores/as y socios/as de la economía social, que prevé el artículo 7.b) de esta Orden, las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales con suficiente implantación en Cataluña. El Consorcio para la Formación Continua de Cataluña comprobará de oficio de este requisito ante la Dirección General de Economía Cooperativa y Creación de Empresa.

3. Podrán solicitar las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación sectorial, que prevé el artículo 7.c) de esta Orden, las organizaciones empresariales y sindicales representativas de los respectivos sectores en Cataluña, los entes creados al amparo de la negociación colectiva sectorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 24 del Real decreto 395/2007, de 23 de marzo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Planes de formación intersectoriales dirigidos a la adquisición de competencias transversales en varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores/as de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores/as.

b) Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores/as y socios/as de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

c) Planes de formación sectoriales compuestos por acciones formativas dirigidas a la formación de trabajadores/as de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar acciones formativas de interés general para el mencionado sector y satisfacer las necesidades específicas de formación. Las acciones específicas programadas en este tipo de planes también podrán dirigirse al reciclaje y la recualificación de
trabajadores/as procedentes de sectores en situación de crisis.

Documentos asociados

Boletín: 16/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6171
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento