Crédito disponible de la ayuda - Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales.

Código de ayuda:

S00328/07

Norma:

Decreto 133/2006, de 26-12-2006. Decreto 15/2009, de 24/02/2009. Resolución de 11/04/2014.

Plazo de Solicitud:

Centros en funcionamiento: del 01 octubre al 30 noviembre del año siguiente; Centros nuevos: del 1 de enero al 30 septiembre.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a Entidades privadas sin ánimo de lucro para la atención de los menores que estén o hayan estado afectados por medidas de protección o judiciales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Varia en función del programa concreto a desarrollar y de la disponibilidad presupuestaria.
- Se podrá financiar hasta el cien por cien del gasto correspojndiente al mantenimiento del centro. La cuantía concreta de la subvención a otorgar se fijará teniendo en cuenta, para cada centro, el precio por plaza/día que establezca la Consejería de Bienestar Social, teniendo en cuenta el tipo de centro de que se trate.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades Privadas sin ánimo de lucro.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
- Carecer de fines de lucro.
- Acreditar estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas por parte de la Consejería de Bienestar para fines análogos y no hallarse inmerso en procedimientos de reintegro de subvenciones públicas.
- Disponer de estructura técnica y capacidad financiera para garantizar el cumplimiento de los objetivos.
- Acreditar la titularidad o disponibilidad de uso de los centros.
- No estar incursa en en alguna de las prohibiciones del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones - No estar incursa en alguna de las prohibiciones del art.13 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 270
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 41
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 16/04/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 74
Documento: Crédito Disponible. Descargar Documento