Corrección plazo solicitud de los Planes de reestructuracion y reconversion de viñedos en la Comunidad de Castilla y Leon y se convocan ayudas para la campaña viticola 2014/2015.

Código de ayuda:

S53137/14

Norma:

ORDEN AYG/1030/2014, de 17 de noviembre. Real Decreto 548/2013, de 19 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 23 de diciembre de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión (o, simplemente, planes) de viñedos destinados únicamente a la producción de uvas de vinificación en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, y se convocan ayudas para la campaña vitícola 2014/2015.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los viticultores que se integren en un plan colectivo o presenten un plan individual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos será de aplicación a los viñedos que se destinen a la producción de uva de vinificación.

2. Las actividades subvencionables son:

– La reimplantación de viñedos.

– La reconversión varietal del viñedo.

– La mejora de las técnicas de gestión de la explotación.

Requisitos:

– Deben cumplir con la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación.

– Deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

– No podrán incurrir en ninguna de las demás circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

– Para que pueda justificar trabajos propios para la realización de las operaciones que así lo permitan, durante el período de realización de las mismas, el viticultor:

• Dispondrá de la maquinaria propia necesaria para la realización de las mismas, y, en aquellos casos que su registro sea obligatorio, deberá estar inscrita a nombre del solicitante en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

• Deberá: – Cotizar en la seguridad social agraria por cuenta propia si realiza los
trabajos personalmente.

– Tener contratado al menos un trabajador en la actividad agraria si realiza los trabajos mediante personal a su cargo. Si se trata de una persona jurídica, las actividades agrarias incluidas en la presente convocatoria estarán recogidas en su objeto social.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. Descargar Documento
Boletín: 05/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 235
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 238
Documento: Corrección Plazo Presentación. Descargar Documento