Convocatoria y el gasto de subvenciones a los Ayuntamientos y otros Entes Locales de la Comunidad Foralde Navarra, a fin de implantar los planes de acción local (proyectos o acciones 21), de las Agendas Locales 21 durante el ejercicio de 2006 y correcciones.

Código de ayuda:

S18719/06

Norma:

ORDEN FORAL 160/2006, de 16 de mayo,del Consejero de Medio Ambiente,Ordenación del Territorio y Vivienda.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/08/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento, requisitos y condiciones para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los ayuntamientos y otros entes locales de la Comunidad Foral de Navarra, para la realización de proyectos recogidos en los Planes de Acción de sus Agendas Locales 21 municipales durante el año 2006, con la finalidad de aumentar la sostenibilidad de las Entidades Locales mejorando la Gestión local de forma integrada y participativa.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Gobierno Foral de Navarra (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención a cada Proyecto o Acción, que otorgará el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por una cuantía máxima de 24.000 euros, será del cuarenta por
ciento (40%) del costo de los proyectos recogidos en el artículo tercero de las presentes bases, apartados 1), 2), 4), 5), 6), 7) y 8); excepto a los de iluminación pública (con IDAE/ICO), correspondientes al apartado 3), que será del 10%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos y las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra, que tengan aprobado el Plan de Acción Local la Agenda Local 21.

Igualmente podrán ser también beneficiarias, con las mismas condiciones indicadas en el párrafo anterior, las Mancomunidades de la Comunidad Foral de Navarra, cuando soliciten la ayuda para realizar proyectos de carácter supramunicipal que estén incluidos en las respectivas Agendas Locales 21 aprobadas y/o recientemente actualizadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos y actuaciones objeto de la financiación prevista en la presente Normativa Reguladora, destinada a la implantación de Planes de Acción Local en los ayuntamientos de la Comunidad Foral de Navarra, deberán englobarse en alguno de los siguientes grupos:

1. Gestión de la propia AL21 en la entidad local. Actualizaciones y revisiones de Planes de Acción Local y Planes de Seguimiento (Indicadores de Sostenibilidad).

2. Introducción en la gestión de la Administración Local de criterios de sostenibilidad: ordenanzas; planeamiento urbanístico; procedimientos; contrataciones; compras, mantenimiento, construcción, rehabilitación, demolición, recuperación de suelo, etc.

3. Ahorro y eficiencia en la gestión local sostenible de recursos y residuos, con especial énfasis en la gestión energética de la iluminación pública.

4. Conservación y reintroducción de la biodiversidad, como jardinería sostenible, huertos sostenibles, nichos urbanos para la fauna, vías verdes, espacios naturales, etc.

5. Cohesión social.

6. Movilidad y transporte.

7. Ruido.

8. Otros.

Requisitos:

Será condición y requisito previo y necesario para optar a las subvenciones indicadas que el proyecto solicitado forme parte del Plan de Acción de la Agenda Local 21, el cual deberá estar aprobado por acuerdo de pleno en el ayuntamiento o entidad local correspondiente.

Proyectos y actuaciones ejecutables antes del 31 de diciembre de 2006.Los proyectos serán valorados, asignándoles una puntuación global a cada uno de 0 a 100 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Proyectos considerados como prioritarios según el artículo tercero de las presentes bases: hasta 30 puntos.

2. Proyectos con aportación a la sostenibilidad territorial, valorándose los proyectos supramunicipales, tanto dentro de mancomunidades u otras entidades locales, así como entre municipios con un proyecto común, justificando su carácter sostenible, simultáneamente, en los aspectos ambientales, económicos y sociales: hasta 20 puntos.

3. Calidad y viabilidad técnica, económica y financiera de la acción, en función de los equipos humanos, medios técnicos ofertados, capacidad para la realización, metodología propuesta y presentación de los productos de trabajos: hasta 25 puntos.

4. Proyectos que originen un fuerte beneficio social y/o económico en el municipio, generando mejoras o un bajo impacto negativo sobre el medio, según los criterios básicos de sostenibilidad considerando la
posibilidad de mejorar la realidad social y económica del territorio donde se ejerza la acción, simultáneamente con el respeto ambiental: hasta 25 puntos.

Quedarán fuera de la subvención aquellos proyectos con valoración menor a 40 puntos.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 71
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 05/07/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 80
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento