Convocatoria publica y las bases reguladoras de la primera adhesion y renovacion de empresas suministradoras al programa de ayudas para fomentar la incorporacion de las tecnologias de la informacion y la comunicacion en el colectivo de autonomos (PIATIC).

Código de ayuda:

S72200/08

Norma:

Resolucion de 13 de noviembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases se dictan en desarrollo del Plan de Innovación del Autónomo en Tecnologías de la Información y la Comunicación (PIATIC), y tienen por objeto regular la primera adhesión y renovación de empresas suministradoras al programa de ayudas para fomentar la incorporación de tecnologías de la información y comunicación en la actividad productiva de los autónomos, en el Principado de Asturias, mediante la
adquisición de equipamiento informático básico, hardware y software, y la conexión a Internet en la modalidad de banda ancha.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán adherirse al programa aquellas empresas que, cumpliendo con los requisitos que se relacionan en la base tercera, soliciten por primera vez ser declaradas como tales, así como aquellas que, habiendo obtenido tal declaración en el pasado ejercicio, soliciten su renovación, y asuman, en ambos casos, las obligaciones previstas en estas bases.

Requisitos:

Las empresas que soliciten su adehesión al programa deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Haber desarrollado, durante los dos años anteriores a la publicación de esta convocatoria, una actividad económica, en el Principado de Asturias, incluida en alguno de los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas que habiliten para el suministro de equipamiento informático.

b) Contar, a la fecha de presentación de la solicitud de adhesión, con una plantilla de trabajadores y solvencia económica que le permitan atender adecuadamente la demanda de los beneficiarios.

c) Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y de seguridad social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas líquidas y exigibles.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 273
Documento: Bases Reguladoras Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento