Convocatoria publica para presentar solicitudes de subvencion para la renovacion del parque automovilistico en colaboracion con el Instituto para la Diversificacion y el Ahorro de la Energia (IDAE).

Código de ayuda:

S64128/07

Norma:

Resolucion de 24 de septiembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria pública de ayudas para actuaciones encaminadas a la mejora energética en el sector del transporte mediante renovaciones en el parque automovilístico que diversifiquen el tipo de combustible utilizado en este sector y proporcionen ahorros energéticos y
medioambientales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios los titulares de licencias de taxis, las empresas públicas, privadas, ayuntamientos, consells insulars, entidades locales menores y entidades sin animo de lucro que para el desarrollo de su actividad necesiten de vehículos industriales y/o turismos y que lleven a cabo su actividad en las Islas Baleares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Es objeto de subvención la adquisición de vehículos de primera mano, que se compren a partir del 1 de Enero de 2007, para substituir vehículos existentes de combustibles convencionales que utilicen como fuente de energía para la tracción:

1.- Los combustibles GLP (gases licuados del petróleo)
2.- La electricidad o la propulsión híbrida (siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica del 100 % mediante baterías).

Requisitos:

No se considerará subvencionable la compra de vehículos mediante ‘leasing’, ‘renting’, ni ninguna otra fórmula en la cual los bienes no sean propiedad del beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 147
Documento: Convocatoria Descargar Documento