Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a salas de música en vivo 2018-2019.

Código de ayuda:

S50855/18

Norma:

Madrid, a 2 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la promoción de la creación y exhibición de las artes musicales, a través de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a salas de música en vivo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la convocatoria asciende a 1.150.000 euros, correspondiendo 575.000 euros al ejercicio 2018 y 575.000 euros para el ejercicio 2019.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

— Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, que gestionen salas de música en vivo en el término municipal de Madrid.

— Para optar a la presente convocatoria, el proyecto de programación de las salas solicitantes deberá prever la realización de un mínimo de ochenta días de programación de música en directo en cada uno de los años del período subvencionable (2018 y 2019). A efectos de cómputo, cada grupo o solista puntuará como máximo quince días al año por local.

— Las entidades solicitantes deberán ostentar la titularidad de la gestión de la sala, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación del local.

— No podrán acceder a las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas adjudicatarias de la gestión de servicios en espacios de titularidad pública.

— No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración pública, entidad del sector público, financiera o de crédito.

- Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con aquellas otras subvenciones del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid para la realización del mismo proyecto, ya sea en su totalidad o en partes diferenciadas.

Documentos asociados

Boletín: 05/10/2018
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 238
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/10/2018
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 238
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento