Convocatoria para la subvención en 2026 de acciones formativas dirigidas a personas desempleadas y se autoriza un gasto de 800.000 euros. Código BDNS: 888442.
Código de ayuda:
S07673/26Norma:
RESOLUCIÓN 417E/2026, de 18 de febrero. Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 18 de marzo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento de concesión de subvenciones para la ejecución en 2026 de acciones formativas dirigidas a personas desempleadas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para calcular el coste hora se hallará el 35% de la subvención solicitada de la acción formativa y se dividirá entre el número de horas totales de la misma.En caso de que, realizada la división, el coste de la hora sea inferior a 40 euros en modalidad presencial, el coste hora será, al menos, de 40 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades de formación públicas o privadas, incluidos los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad privada, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Los costes del personal docente incluyen los derivados de la impartición de la acción formativa, así como de la preparación, seguimiento, control de la actividad docente, evaluación de la impartición, tutorías, desplazamientos y cualquier otro imputado por el personal docente de la actividad formativa.2. Los costes del personal docente representarán por cada acción formativa, al menos, el 35 por ciento de la cuantía de la subvención solicitada por la entidad beneficiaria en la memoria económica justificativa a presentar tras la finalización de la formación.
Requisitos:
a) Garantizar la gratuidad de las acciones formativas para las personas participantes en la formación subvencionada.b) Informar al alumnado sobre: alcance de la formación; derechos y obligaciones; y, en su caso, condiciones básicas de las contrataciones previstas.
c) Realizar la actividad formativa que fundamenta la concesión de la subvención de acuerdo con las condiciones y requisitos formales y materiales de la presente convocatoria, así como con las condiciones de aprobación que sirvieron de base para determinar la subvención a conceder.
d) Cubrir el riesgo derivado de la asistencia a cualquier actuación de las contempladas en esta convocatoria mediante la contratación de una póliza sin franquicia o, en su defecto, la carta de garantías del mismo. Tendrán, al menos, la siguiente cobertura: asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria de cualquier accidente durante el horario del curso, incluyendo las salidas de visita autorizadas y el tiempo necesario para el desplazamiento desde su residencia habitual al lugar de
la impartición (el desplazamiento deberá cubrir cualquier medio de locomoción); indemnización mínima de 36.000 euros por fallecimiento y mínima de 72.000 euros por invalidez permanente, derivadas ambas situaciones de un accidente en el curso, en salidas, visitas y en los desplazamientos in itinere.
e) Abonar mensualmente la remuneración del profesorado.
f) La entidad beneficiaria será la responsable de entregar a cada participante un diploma de la formación superada con evaluación positiva. Este documento será expedido por el SNE-NL a través de la aplicación informática IRIS.
g) Aportar la información y documentación que se requiera durante la fase de instrucción del procedimiento, ejecución de la formación y justificación de la subvención en el formato, plazos y medios que el SNE-NL determine, así como tener a disposición de los órganos de control competentes los documentos acreditativos de la asistencia de las personas participantes a las acciones formativas, debidamente firmados y los controles de evaluación de su aprendizaje.
h) Haber realizado o, en su caso, garantizado las devoluciones de cantidades concedidas y pagadas en convocatorias anteriores y cuya devolución le haya sido exigida mediante reclamación previa a la vía ejecutiva o mediante resolución de procedencia de reintegro, siempre que exista
resolución firme, salvo que se hubiera producido la suspensión del acto.
i) Comunicar al SNE-NL la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Estos ingresos minorarán la cantidad a percibir.
j) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Foral de Navarra y frente a la Seguridad Social.
k) Llevar una contabilidad separada o código contable adecuado, respecto de todas las transacciones realizadas con la actividad subvencionada y disponer de un sistema informatizado de registro y almacenamiento de datos contables.
l) Conservar, al menos, durante un plazo de 4 años, los justificantes de la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, así como de la aplicación de los fondos recibidos, a efectos de las actuaciones de comprobación y control. El citado plazo se computará a partir del momento en que finalice el periodo establecido para presentar la citada justificación por parte de la entidad beneficiaria.
m) En lo no previsto expresamente en esta base, cumplir con las obligaciones establecidas por el SNE-NL, en la normativa de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral y demás normativa que resulte de aplicación.
Documentos asociados
Boletín:
17/03/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 55
Documento: B.Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 55
Documento: B.Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
