Convocatoria para el año 2007 para subvencionar la ejecucion de obras de instalacion de energia electrica en el medio rural en el Plan de electrificacion de Cataluña y para el suministro de gas en el medio rural en el Plan para la completa extension de la gasificacion de Cataluña (PERC 2007 y PLEGAC 2007) - modificaciones.

Código de ayuda:

S28355/07

Norma:

ORDEN ECF/434/2007, de 21 de noviembre. ORDEN ECF/297/2007, de 9 de julio. ORDEN ECF/56/2007, de 6 de marzo. Orden TRI/28/2006, de 9 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/04/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se abre la convocatoria para subvencionar la ejecución de obras de instalación para el suministro de energía eléctrica en el medio rural en el Plan de electrificación rural de Cataluña para el año 2007 (PERC 2007) y para subvencionar la ejecución de obras de instalación para el suministro de gas en el medio rural en el Plan para la completa extensión de la gasificación de Cataluña para el año 2007 (PLEGAC 2007).

Las bases que rigen esta convocatoria son las que figuran en la Orden TRI/28/2006, de 9 de febrero, publicada en el DOGC núm. 4574, de 16.2.2006, por la que se aprueban las bases reguladoras
para subvencionar la ejecución de obras de instalación para el suministro de energía eléctrica en el medio rural de Cataluña y para el suministro de gas en el medio rural en el Plan para la completa extensión de la gasificación de Cataluña y se abre la convocatoria para el año 2006 (PERC 2006 y PLEGAC 2006) y que aparecen en la página web del Departamento de Economía y Finanzas. En las bases mencionadas
donde dice Departamento de Trabajo e Industria se debe interpretar Departamento de Economía y Finanzas que es el Departamento de adscripción actual de la Dirección General de Energía y Minas. Asimismo en todo el texto de las bases debe considerarse que se tratará del año 2007, en lugar del 2006.
Las bases de referencia se modifican según los aspectos que se concretan en esta Orden con indicación
expresa del apartado que resulta afectado.

El plan de actuaciones de esta convocatoria comprende obras iniciadas durante los años 2006 y 2007.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Economía y Finanzas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las obras podrán gozar de una subvención de hasta el 50% de su coste valorado con el documento “Precios indicadores para el Plan
de electrificación rural de Cataluña” o con el documento “Precios indicadores para el Plan para la completa extensión de la gasificación de Cataluña”, del ejercicio correspondiente. Excepcionalmente, alguna obra seleccionada podrá recibir una subvención del 80%, por razón de
su interés social y cuando lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Se pueden acoger a las subvenciones reguladas por esta Orden las corporaciones locales.

Las entidades que quieran obtener la condición de beneficiarias tendrán que cumplir con los requisitos siguientes:

No encontrarse en las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
En el caso de que tengan 50 trabajadores o más, cumplir la obligación que establecen el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de
integración social de los minusválidos, de acuerdo con el artículo 7 y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 2 de julio, o aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad (BOE núm. 90, de 20.4.2005) o bien aplicar lo que establece el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.8.2000).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El concepto de gasto al cual se podrá aplicar la subvención es el coste de las obras de electrificación y el coste de la obra civil de gasificación.
Se excluye a todos los efectos el IVA que grabe el valor de este gasto.

Requisitos:

El plazo para presentar la justificación será el previsto para la finalización de las obras y tendrá que ser como máximo el 31 de mayo de 2008.
A estos efectos se adoptaran las medidas presupuestarias que resulten necesarias.
La justificación se adaptará en todos los otros aspectos a lo que se prevé en el punto 11 de las bases.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4574
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 23/03/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4848
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 09/08/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4944
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 29/11/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5019
Documento: Modificación Descargar Documento