Convocatoria para 2010 y se establece el procedimiento para la concesión de préstamos con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.

Código de ayuda:

S56282/10

Norma:

Ceuta, a 30 de septiembre de 2010. Ceuta, a 30 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Préstamos sobre un máximo, por beneficiario y año, del 80 por ciento del valor del proyecto, con una cuantía límite del valor del proyecto de 800.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas,

b) las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales,

c) las cámaras oficiales de comercio y

d) las pequeñas y medianas empresas (según se definen en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado, Reglamento General de Exención por Categorías) pertenecientes al sector comercio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones dirigidas a la consolidación de centros comerciales abiertos y mejora de las infraestructuras que incidan favorablemente en el comercio urbano de proximidad.

b) Remodelación de los mercados municipales minoristas que no implique modificación de la actividad original, modernización de sus puestos de venta o instalación de cualquier elemento necesario para la mejora de la actividad comercial de éstos.

c) Creación y/o acondicionamiento de locales municipales de usos múltiples para la actividad comercial en las zonas rurales.

d) Acondicionamiento de espacios para la venta no sedentaria y provisión de servicios en los mismos.

Requisitos:

1. Los proyectos de inversión que se presenten para ser objeto de financiación se deberán realizar en el territorio nacional, tener un valor mínimo de 150.000 euros y enmarcarse en, al menos, una de las categorías contempladas en el apartado quinto del presente acuerdo.

2. Los proyectos no deberán haber sido iniciados con anterioridad a la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 236
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/10/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4989
Documento: Anuncio de Convocatoria. Descargar Documento