Convocatoria extraordinaria de subvenciones a personas trabajadoras afectadas por expediente de regulación temporal de empleo, en el contexto de la pandemia de COVID-19.

Código de ayuda:

S28382/22

Norma:

Orden EPS/10/2022, de 20 de abril. Orden EPS/31/2022, de 26 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de noviembre del 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Segunda convocatoria extraordinaria de subvenciones a personas trabajadoras afectadas por expediente de regulación temporal de empleo, en el contexto de la pandemia de COVID-19, que:

a) Habiendo presentado solicitud de la ayuda regulada en la Orden EPS/10/2022, de 20 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de subvenciones a personas trabajadoras afectadas por expediente de regulación temporal de empleo, en el contexto de la pandemia de COVID-19, no sean beneficiarias de la misma por haberse agotado el crédito presupuestario autorizado por aquella. Estas personas no tienen que presentar nueva solicitud, al incorporarse de oficio la solicitud presentada al amparo de la citada orden a esta segunda convocatoria.

b) Sean personas trabajadoras distintas de las anteriores que cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Cantabria 3/2021, de 26 de abril, de Concesión de Ayudas Dirigidas a las Empresas y las Personas Trabajadoras Afectadas por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, para el Sostenimiento del Empleo y la Actividad Económica en el Contexto de la Crisis Ocasionada por la Pandemia de COVID-19, no hayan resultado beneficiarias de dichas subvenciones y presenten la correspondiente solicitud.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Políticas Sociales (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta Orden las personas que, reuniendo los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, se hallen en los supuestos contemplados en las letras a) y b) del artículo 1.1

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