Convocatoria del Instrumento Financiero Préstamos Subordinados del programa operativo FEDER CVA 2014 - 2020.

Código de ayuda:

S25828/19

Norma:

ACUERDO de 15 de marzo de 2019. Resolución de 16 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta que se agoten los recursos disponibles.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de préstamos subordinados para la financiación de pequeñas y medianas empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o
de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Institut Valencià de Finances (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima prevista para la concesión de préstamos subordinados del Programa Operativo FEDER CVA 2014-2020 asciende a 62.680.000€, estando el importe de cada operación comprendido entre 200.000€ y 2.000.000€. La bonificación de intereses asociada a esta línea de financiación está sujeta a minimis.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la financiación subordinada otorgada por el IVF las empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana y que pertenezcan a cualquier sector de actividad, con excepción de las empresas que operen en los siguientes sectores o realicen las actividades siguientes, excluidas por el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (minimis):

a) Sector de la pesca y la acuicultura regulados por el Reglamento (CE) nº104/2000 del Consejo.

b) La producción primaria de productos agrícolas.

c) Sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, en los casos siguientes:

- Cuando el importe de la financiación se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesados.

- Cuando el instrumento esté supeditado a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.

d) Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

e) Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8527
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 25/04/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8535
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/04/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8535
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento