Convocatoria de propuestas: servicios de apoyo a la empresa y a la innovacion.

Código de ayuda:

S63219/07

Norma:

COMISIÓN (2007/C 227/04)

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El principal objetivo de la presente convocatoria consiste en completar la cobertura geográfica de una red única que preste servicios integrados de apoyo a las empresas y a la innovación, con arreglo al artículo 21 (PIC).

A continuación se enumeran los objetivos concretos:

— aumentar las sinergias entre los miembros de la red mediante la prestación de servicios integrados,
— mantener y mejorar constantemente el acceso, la proximidad, la calidad y la profesionalidad de los servicios integrados prestados por la red,
— aumentar la sensibilización, en particular entre las PYME, ante asuntos relacionados con las políticas comunitarias y los servicios ofrecidos por la red, incluida la mejora de la sensibilización sobre el medio ambiente y la ecoeficiencia de las PYME y la política de cohesión y los Fondos Estructurales,
— consultar a las empresas y obtener su opinión sobre distintas opciones de las políticas comunitarias,
— garantizar que la red ofrece servicios complementarios con respecto a otros prestadores de servicios pertinentes,
— reducir la carga administrativa para todas las partes.

Para aplicar estos objetivos, las propuestas incluirán los servicios siguientes:

— servicios de información, diálogo, cooperación empresarial e internacionalización [art. 21, apartado 2, módulo a) (PIC)],
— servicios de innovación y de transferencia de tecnología y conocimientos [art. 21, apartado 2, módulo b) (PIC)],
— servicios que estimulen la participación de las PYME en el Programa Marco de IDT [art. 21, apartado 2, módulo c) (PIC)].

Para garantizar la prestación a las PYME de servicios de la máxima calidad y para implantar una red única, las siguientes disposiciones generales se aplicarán a la totalidad de la red y a cada miembro de la misma:

— aplicar el concepto «no wrong door»,
— excelencia, proximidad y profesionalidad de los miembros de la red.

La presente convocatoria de propuestas tiene por objetivo principal incluir las zonas geográficas no abarcadas antes que surgieron tras la primera convocatoria de propuestas, y, por tanto, se limita a los siguientes territorios de la Unión Europea (1):

— Francia: Departamentos de ultramar (código NUTS: FR9),
— Alemania: Bremen (DE5),
— Luxemburgo: Luxemburgo (LU0),
— Rumanía: Macroregiunea unu (RO1), Macroregiunea doi (RO2), Macroregiunea patru (RO4),
— España: Islas Baleares (ES53),
— Reino Unido: South West (UKK).

En el caso de los territorios de la EU-27, la presente convocatoria se limita a los países y zonas arriba indicados.

Por otra parte, en el caso de los países no pertenecientes a la Unión Europea, a raíz de la primera convocatoria de propuestas (ENT/CIP/07/001) se han seleccionado solicitudes procedentes de los siguientes países y zonas geográficas, a condición de que las negociaciones de adhesión de dichos países
al PIC concluyan con éxito:

— Chile,
— Antigua República Yugoslava de Macedonia,
— Islandia,
— Israel,
— Noruega,
— Turquía: Estambul (TR1), Bati Marmara (TR2), EGE (TR3), Bati Anadolu (TR5), Orta Anadolu (TR7), Kuzeydogu Anadolu (TRA).

También se han considerado propuestas de cooperacion basadas en el artículo 21.5 (basados en autofinanciación) de Suiza y Armenia.
En el caso de países no miembros de la UE, la presente convocatoria se limita a todos los países y zonas geográficas NO incluidos en la zona antes mencionada.
Los candidatos proporcionarán en su propuesta una descripción detallada de los servicios que se ofrecerán, que serán coherentes, accesibles e integrados, en una zona geográfica claramente delimitada.
Por lo tanto, la zona geográfica abarcada por la propuesta será suficientemente extensa como para demostrar que se prestarán servicios de calidad a una población destinataria significativa.
27.9.2007 C 227/12 Diario Oficial de la Unión Europea ES (1) La convocatoria también está abierta a terceros países, conforme al artículo 4 y al artículo 21, apartado 5 (PIC), así como el punto 8 del presente anexo y la documentación para la presentación de solicitudes, excepto Armenia, Chile, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Islandia, Israel, Noruega, Suiza y las siguientes regiones de Turquía:

Estambul, Bati Marmara, EGE, Bati Anadolu, Orta Anadolu, Kuzeydogu Anadolu.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán presentar propuestas organizaciones independientes capaces de proporcionar los servicios descritos anteriormente o consorcios formados por un grupo de organizaciones de acogida. No obstante, dada la envergadura probable de las propuestas, se espera que la mayoría de las propuestas constarán
de consorcios.

Se entenderá por consorcio una estructura flexible basada en buenas prácticas nacionales y que deberá encajar bien con el sistema nacional de servicios de apoyo a las empresas y a la innovación.

Requisitos:

Los candidatos y las solicitudes deberán reunir los siguientes requisitos para ser admisibles:

— Los candidatos deberán ser personas jurídicas establecidas en la EU-27, los países candidatos, los países miembros del EEE, los países de los Balcanes occidentales y otros terceros países con arreglo a lo definido en el artículo 4 del Programa Marco para la Innovación y la Competitividad y a lo explicado en el apartado V.1 de la documentación para la presentación de la solicitud.
— Los órganos corporativos estarán debidamente constituidos y legalmente registrados.
— Las solicitudes estarán firmadas, fechadas y estarán completas, ajustándose a los requisitos de presentación de solicitudes indicados en el punto 11 de la presente convocatoria.
— Las solicitudes deberán recibirse antes de la fecha de terminación del plazo.
— Sólo serán admisibles solicitudes de proyectos que carezcan estrictamente de ánimo de lucro o cuyo objetivo inmediato no sea comercial.

Documentos asociados

Boletín: 27/09/2007
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 252
Documento: Convocatoria Descargar Documento