Convocatoria de los Programas de Insercion en el Empleo para el año 2010.

Código de ayuda:

S39755/10

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2010. Decreto 157/2006, de 4 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ordenación de los Programas de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo y la regulación de los Programas de Inserción en el Empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la convocatoria de los Programas de Inserción 2010, en la resolución de concesión de los mismos se establecerá que la cuantía a percibir por persona atendida sea de 1.300 euros, y de 3.300 euros para cada persona insertada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia y tengan su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención concedida será destinada a cubrir los gastos de la entidad relativos a:

— Los costes laborales y de Seguridad Social por todos los conceptos del personal necesario para orientación, autorización, formación y/o apoyo de los demandantes de empleo, incluyendo el que preste servicios en la Entidad promotora, en cuyo caso se imputarán al programa las partes proporcionales del tiempo efectivamente dedicado al proyecto, y aquellas otras que pudieran contratarse para tal fin hasta un límite de 42.000 euros anuales por trabajador.

— Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal o de los demandantes que participen en el programa, según el correspondiente convenio colectivo o contratos de trabajo que resulten aplicables.

— Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos a la formación de los desempleados participantes en el programa, así como las pólizas de seguros para la formación teórica y prácticas ocupacionales de los mismos, siempre que éstas se ajusten a la normativa vigente, en el caso necesario.

— Gastos de amortización de materiales y equipos técnicos necesarios para el desarrollo del programa.

— Gastos generales materiales y técnicos, con el límite del 25% de la cantidad subvencionada por el Instituto Aragonés de Empleo. Estos gastos incluyen los siguientes:

a) Gastos de ejecución de material técnico (guías, documentación para el participante, etc...), y de ejecución en material de oficina.

b) Gastos generales necesarios para la ejecución de los mismos en la parte correspondiente a esa ejecución:

1º Arrendamientos (excluido el «leasing», «renting» y similares): edificios, mobiliario, enseres y equipos informáticos.

2º Mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento).

3º Suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción (en caso de no estar incluido en el arrendamiento).

4º Comunicaciones (teléfono, correos,...).

5º Limpieza.

6º Seguridad, vigilancia.

7º Seguros de responsabilidad civil.

8º Otros gastos corrientes de funcionamiento necesarios para el desarrollo de las acciones, cuando así se determine en la resolución de la concesión o el Instituto Aragonés de Empleo los considere justificados.

Documentos asociados

Boletín: 14/07/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 80
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/06/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 119
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento