Convocatoria de la línea de Financiación Bonificada. ’IVF - Liquidez Covid-19’.

Código de ayuda:

S15128/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2020. ACUERDO de 29 de diciembre de 2020. ACUERDO de 22 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de noviembre de 2021 o hasta que se agote el presupuesto.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 75.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Constituye el objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de autónomos y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

2. Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta convocatoria tendrán por finalidad

a) la ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos,

b) la contratación de mano de obra y servicios ligados al ciclo de la explotación, así como la adquisición de elementos patrimoniales de capital circulante, incluyendo -entre otros- mercaderías, y materias primas, y

c) el aplazamiento de cuotas de capital e intereses de préstamos otorgados por el IVF.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Finanzas (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima prevista para la bonificación de intereses de los préstamos acogidos a la convocatoria asciende a 9.800.000,00 euros.

El valor nominal del préstamo se situará entre 25.000 y 2.000.000 euros, sin que pueda superar el 80% del importe de los gastos financiables elegibles. La bonificación de intereses asociada a esta línea de
financiación está sujeta a minimis y/o al Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales,
garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de Covid-19.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la financiación otorgada al amparo de esta convocatoria:

– Las sociedades mercantiles cuyo tamaño se corresponda con la definición de Pyme recogida en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión. Adicionalmente, el solicitante deberá cumplir al menos dos de los tres siguientes requisitos:

1) Activo superior a 2 millones de euros

2) Importe neto de la cifra de negocios superior a 2 millones de euros

3) Número de trabajadores superior o igual a 10 – Los autónomos.

– Las micro empresas

– Las grandes empresas.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8795
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/04/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8795
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
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DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8819
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 20/01/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9007
Documento: Modificación y Nueva convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 20/01/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9001
Documento: Modificación y Nueva convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/03/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9051
Documento: Modificación y Nueva convocatoria 2021 Descargar Documento