Convocatoria de ayudas de minimis 2021 para apoyar la realización de proyectos cinematográficos o audiovisuales.

Código de ayuda:

S10282/21

Norma:

Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016. Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto llevar a cabo en Mallorca un proyecto cinematográfico o audiovisual que cumpla los requisitos que se indican para cada una de las líneas o categorías:

Línea 1: Producción propia de cortometrajes, tanto de ficción como animados.

Línea 2: Producción propia de documentales, destinados a los mercados nacionales e internacionales.

Línea 3: Desarrollo de guiones para cortometrajes, largometrajes documentales y largometrajes de ficción.

Con esta convocatoria se quiere promover la producción cinematográfica y audiovisual, fomentando un tejido cultural cinematográfico de Mallorca y, en consecuencia, se creen productos de calidad destinados a los mercados nacionales e internacionales.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Durante el ejercicio presupuestario 2021, se prevé destinar para las ayudas de minimis de esta convocatoria un crédito de 216.000,00 €.

Esta dotación se distribuirá entre las diferentes líneas y categorías de la siguiente manera:

Línea 1: 16.000,00 €, para la producción propia de cortometrajes.

Línea 2: 180.000,00 €, para la producción propia de documentales.

Línea 3: 20.000,00 €, para el desarrollo de guiones para cortometrajes, largometrajes documentales y largometrajes de ficción.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

De acuerdo con lo previsto en el punto 4 de la convocatoria, pueden ser beneficiarias de las líneas 1, 2 y 3, las personas que, estando dados de alta en un epígrafe del IAE del sector de producción audiovisual, cumplan los requisitos siguientes:

Personas físicas (autónomos o empresarios individuales) residentes en Mallorca a la fecha de publicación en el BOIB del extracto de esta convocatoria.

Personas jurídicas que tengan su domicilio fiscal en Mallorca o, siendo nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, tengan un establecimiento operativo en Mallorca, antes de la publicación de esta convocatoria.

Comunidades de bienes que desarrollen su actividad en Mallorca. Las personas físicas que conforman una comunidad de bienes, no podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de manera individual si ya se presentan como parte integrante de una comunidad de bienes. Asimismo, no se puede disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 7 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM.

Para las Líneas 1, 2 y 3 (producción propia de cortometrajes, documentales y desarrollo de guiones para cortometrajes, largometrajes documentales y largometrajes de ficción.), En el caso de personas jurídicas, el productor de la obra audiovisual debe ser independiente.

En cuanto a la línea 3, no pueden ser beneficiarios de esta convocatoria los autores de guiones.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/04/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento