Concesión de subvenciones para el traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano y de zonas de servidumbre de cauces publicos, asi como para la construccion y adecuacion de centros de aislamiento y tipificacion de bovino, ovino y caprino, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 y se efectua su convocatoria para 2009 - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S53037/09

Norma:

Orden de 8 de julio de 2009. Resolucion de 30 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, destinadas a la ejecución de inversiones materiales e inmateriales
que mejoren el rendimiento global de la explotación agrícola (mejora tecnológica o la introducción de producciones innovadoras con respecto a la situación inicial en la explotación y viabilidad económica), diferenciándose las siguientes actividades subvencionables:

a) Fomentar la construcción o adecuación de centros de aislamiento, de tipificación o de engorde de ganado bovino, ovino y caprino, al objeto de facilitar el movimiento del ganado y paliar los efectos negativos de epidemias en el comercio de animales.

b) Facilitar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía el traslado de las explotaciones ganaderas fuera de los cascos urbanos y de un radio de un kilómetro de los mismos, así como de las zonas de servidumbre de cauces públicos, con la finalidad de proteger la salud pública, el medio ambiente y el bienestar social.
2. Asimismo se procede a la convocatoria de estas subvenciones
para el año 2009.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, las ayudas contempladas serán del 40% del total de la inversión subvencionable por cada explotación, teniendo como cantidad máxima en concepto de ayuda 200.000 euros. Para el caso de traslado de explotaciones, cuando se trate de personas jurídicas y cuando el objeto
perseguido sea compartir la nueva ubicación física así como los bienes de producción de la explotación, el límite máximo será de 300.000 euros por entidad, sin que pueda sobrepasar el porcentaje establecido en el PDR 2007-2013 de Andalucía y en el artículo 6 del Reglamento (CE), núm. 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de
los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas por el que se modifica el Reglamento (CE) 70/2001.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la resente Orden, las personas físicas o jurídicas titulares de las xplotaciones agrarias, cuya actividad principal sea la producción graria, incluidos los jóvenes agricultores beneficiarios e la medida 112 del PDR de Andalucía 2007-2013, es decir, itulares de explotaciones entre 18 y 40 años que cumplan
determinadas condiciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Construcción y/o adecuación de centros de aislamiento, tipificación o engorde de ganado bovino, ovino o caprino.

b) El traslado de explotaciones ganaderas de animales e producción, según lo definido en el artículo 3 de la Ley /2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal y en el Decreto 4/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de explotaciones ganaderas de Andalucía, cuyas instalaciones, o las de sus componentes, estén ubicadas en el casco urbano, en un radio de un kilómetro de los mismos, así como en las zonas de servidumbre de cauces públicos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En la convocatoria anual de estas ayudas se dispondrá las especies de animales
de producción que podrán acogerse a las mismas.

Documentos asociados

Boletín: 17/07/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 138
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/12/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 240
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento