Concesión de subvenciones en materia de deportes.

Código de ayuda:

S27055/05

Norma:

Acuerdo de 5 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la aprobación por el Pleno.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar económicamente con las asociaciones deportivas y entidades sin ánimo de lucro, con la finalidad de fomentar la práctica deportiva por parte de los ciudadanos y la realización de actividades de promoción del deporte.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Ayuntamiento de Zuera (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones deportivas y las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el
correspondiente registro público de la Diputación General de Aragón y en el Registro Municipal de Asociaciones de Zuera que realicen durante el año 2005 las actividades subvencionables según las presentes bases.
(Consultar Bases para mayor información).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención:
a) La realización de las siguientes actividades de promoción deportiva:
- Organización de cursos, jornadas, talleres, etc., sobre la práctica de deportes o para la formación de técnicos deportivos.
- Organización de torneos deportivos en los que la participación no esté reservada exclusivamente a los socios.
- Realización de actividades de animación deportiva dirigidas al conjunto de la población.

b) La participación en competiciones oficiales.
Se podrán subvencionar los gastos federativos, arbitrajes y licencias de jugadores en formación, así como el coste de los desplazamientos de deportistas para participar en las competiciones.

c) Gastos por uso de instalaciones deportivas y adquisición de material deportivo, salvo equipajes deportivos.
No podrán ser objeto de subvención la adquisición de inmuebles, la realización de obras, los gastos ordinarios de la entidad solicitante (alquiler, teléfono, luz, nóminas de personal, etc.), la adquisición de equipajes deportivos, ni la realización de actividades que ya lleve a cabo el Ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2005
BO Provincia de Zaragoza- Nº 114
Documento: Bases 2005 y Anexos Descargar Documento