Bonos para la realización de actividades de I+D+i UIE-SINAI.

Código de ayuda:

S07437/21

Norma:

ORDEN FORAL 2E/2020, de 28 de febrero. RESOLUCIÓN 19E/2021, de 2 de marzo. RESOLUCIÓN 188E/2021, de 11 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es incrementar la actividad innovadora de las Unidades de I+D+i Empresarial (en adelante UIE) a través de la contratación de actuaciones con universidades, centros tecnológicos y
centros de investigación que supongan una transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Empresa e Innovación (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Unidades de I+D+i Empresarial acreditadas como tales en el Registro de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i, regulado por la Orden Foral 2E/2020, de 28
de febrero, del Consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un centro tecnológico, universidad o centro de investigación acreditado como tal en el Registro del SINAI, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la UIE, incluyendo aquellas actividades que puedan considerarse de vigilancia tecnológica y estudios de viabilidad.

Estas actuaciones pueden ser actividades completas en sí mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.

Requisitos:

a) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

b) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

c) No ser asociadas ni vinculadas con el centro tecnológico, universidad o centro de investigación que realiza la actuación, según la definición que de dichos términos se realiza en el Anexo I del Reglamento
(UE) 651/2014.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 48
Documento: ORDEN FORAL 2E/2020 Descargar Documento
Boletín: 23/03/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 198
Documento: Modificación Bases Descargar Documento