Bonos SINAI para transferencia de conocimiento.

Código de ayuda:

S27791/22

Norma:

RESOLUCIÓN 26E/2022, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de junio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es potenciar al Sistema Navarro de I+D+i como motor para incrementar la actividad innovadora de las pymes, a través de la contratación de actuaciones con universidades, centros tecnológicos y centros de investigación que supongan una transferencia de conocimiento
de naturaleza científica, tecnológica o de innovación.

Dicho conocimiento podrá ser posteriormente utilizado por las empresas para innovar en producto, proceso o servicio o como fase previa de un futuro proyecto de I+D+i.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención será de un 60% del gasto subvencionable (IVA excluido) con un límite de 10.000 euros por actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un centro tecnológico, universidad o centro de investigación acreditado como tal en el Registro del SINAI, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la empresa, incluyendo entre otras las siguientes:

a) Vigilancia tecnológica.

b) Estudios de viabilidad.

c) Servicios de apoyo a la I+D+i.

d) Consultoría tecnológica.

e) Diagnóstico y orientación de proyectos o soluciones de I+D.

f) Utilización de infraestructuras o equipamientos de I+D de estos agentes.

Estas actuaciones podrán ser actividades completas en sí mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.

Requisitos:

a) Tener un centro de trabajo en Navarra y realizar en dicho centro las actividades subvencionadas.

b) Ostentar la condición de PYME según la definición del anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

c) Estar inscrita en el Registro Industrial de Navarra cuando así proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

d) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

e) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su
caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

f) No ser asociadas ni vinculadas con el centro tecnológico, universidad o centro de investigación que realiza la actuación, según la definición que de dichos términos se realiza en el anexo I del Reglamento
(UE) 651/2014.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento