Becas para titulados universitarios dentro del 2º Programa de Servicios Tutelados de Asesores para la Gestión Empresarial (STAGE).

Código de ayuda:

S01937/03

Norma:

Orden de 30 de julio de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones, dentro del Plan Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico para Andalucía (PLADIT 2001-2003), para la
concesión de 100 becas consistente en formación más período de práctica y otras 20 adicionales que recibirán sólo formación para jóvenes universitarios/as con los estudios recién terminados.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Empleo
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada beca comprende una dotación de ochocientos (800 €) brutos mensuales, además de, en su caso, los gastos de desplazamientos previstos en este artículo 11, que estarán sujetos a la retención correspondiente.
Adicionalmente, se generará una bolsa de gastos de desplazamiento para aquellos becarios que tengan que desarrollar la beca o el curso de formación en localidad distinta a la residencia habitual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los 100 jóvenes titulados/as que acceden como Becarios/as a un primer contacto con el mundo empresarial y de forma adicional los 20 jóvenes titulados/as que recibirán un mes de formación, que les permitirá actuar como primeros reservas.
Con ello, también se beneficia la pequeña y mediana empresa andaluza, de más de 5 empleados, que acojan a los/as titulados/as y que podrán mejorar su funcionamiento a partir de los conocimientos aportados por los/as becarios/as seleccionados/as.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Area de Gestión Económica-Financiera.
2. Area de Gestión de Compras y Marketing.
3. Area de Gestión de la Producción.
4. Area de Innovación y Desarrollo Tecnológico.
5. Area de Sistemas de Gestión Integrados (Seguridad, Calidad y Medio Ambiente).

Requisitos:

.Obligaciones de los/as becarios/as:
1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario/a implica el cumplimiento de las normas fijadas en esta Orden, así como la de las que establezca el titular de la Dirección General de Desarrollo Tecnológico e Incentivos para el segui miento de este Programa y la Consejería de Economía y Hacienda a través de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la justificación del uso de fondos públicos recibidos.
2. Los becarios/as están obligados/as a:
a) Incorporarse a la empresa asignada en el plazo de quince días desde la notificación de la concesión de la beca, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la misma.
b) Realizar su labor en la empresa asignada de manera adecuada conforme a los criterios de competencia y lealtad con la misma.
c) Realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión de la subvención en la forma y plazos establecidos.
d) Justificar ante la entidad concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la realización de la actividad o la adopción del comportamiento, así como el cumplimiento de los requisitos y ondiciones que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
e) El sometimiento a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la entidad concedente o la entidad colaboradora, en su caso, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas de Andalucía y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
f) Comunicar a la entidad concedente o la entidad colaboradora, en su caso, la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como las alteraciones a que se refiere el artículo 110 de la LGHP.
g) Hacer constar en todos los trabajos realizados que la actividad desarrollada está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando que la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico ha concedido la ayuda.
h) Remitir a los 6 meses y a la finalización del período de práctica a esta Dirección General debidamente cumplimen tado el formulario «Informe de Seguimiento de Becarios del Programa Stage» según el modelo del Anexo VI.
i) Remitir el Certificado de Aprovechamiento cumplimentado según el modelo del Anexo VIII de esta Orden y la periodicidad indicada en el mismo.
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Obligación de los empresarios:
1. Será obligación de los empresarios el cumplimiento
de las siguientes acciones:
a) Suscribir un contrato de seguro de asistencia sanitaria por el período de duración de la beca en el que los beneficiarios de la póliza sean el becario, su cónyuge e hijos, en su caso, con una entidad aseguradora según las condiciones designadas por la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
b) Suscribir un contrato de seguro de accidentes personales y responsabilidad civil que cubra dichas contingencias para el becario asignado durante el período de 12 meses de duración de la beca, con una entidad aseguradora según las condiciones designadas por la Junta de Andalucía.
c) Ocupar al becario asignado o a su sustituto según las condiciones designadas por la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico durante el período de duración de la beca.
d) Realizar conjuntamente con la Junta de Andalucía, con carácter previo y posterior a la beca, una comprobación/análisis de la situación del área de gestión objeto de la beca, y la evolución experimentada como resultado de las aportaciones del becario, actividad que tendrá una duración máxima de media jornada.
e) Facilitar las entrevistas tutor-becario.
f) Someterse a la decisión que pueda adoptar la Junta de Andalucía para el caso de conflicto con el tutor, becario o entidad de gestión del programa STAGE.
g) Facilitar al becario el Certificado de Aprovechamiento a fin de que pueda remitirse a esta Dirección General en las condiciones que se determinen.
h) Cumplir las condiciones reflejadas en el modelo de Convenio del Anexo II.
i) Facilitar la integración del becario en la empresa: Asignar un tutor cualificado al becario, dar a conocer al becario las normas de funcionamiento de la empresa y presentarle al resto del personal de la misma.
2. El no cumplimiento de estas premisas implicará la retirada de la empresa del Programa y la no posibilidad de participación en futuras ediciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2003
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 158
Documento: Programa / Plan Descargar Documento