Becas para postgraduados destinadas a impulsar la especialización en Asuntos Europeos.

Código de ayuda:

S07064/21

Norma:

Orden HAC/55/2016, de 10 de noviembre de 2016. Orden HAC/31/2020, de 17 de noviembre. Orden HAC/08/2021, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de diciembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 9.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca de formación práctica y colaboración con la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de actividades, trabajos y estudios de formación y especialización en el conocimiento de las diferentes materias europeas, así como en las tareas de información a los ciudadanos en temas europeos.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la beca será de ochocientos euros (800,00 €) brutos mensuales durante el tiempo de duración de la misma, que se abonarán a mes vencido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la beca todas aquellas personas que sean naturales de Cantabria o que residan en Cantabria.

Requisitos:

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

Estar en posesión del título exigido en el artículo 2 de esta Orden, expedido por el Estado español o debidamente homologado, con justificación acreditativa de esta circunstancia, y que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la expedición del mismo o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Conocimientos de inglés y/o francés, siendo el nivel mínimo requerido el B1 del Marco Europeo Común de referencia para las lenguas del Consejo de Europa.

No haber disfrutado con anterioridad de la misma beca, ni haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.

Podrán acceder a la condición de beneficiario aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años.

No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, durante el período de duración de la convocada por la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 223
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/11/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 27/11/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/03/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 56
Documento: Modificación Bases Descargar Documento