Becas para la formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S27391/23

Norma:

ORDEN de 24 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de julio de 2023

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.200

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto regular la convocatoria de seis becas para la formación de personas expertas en cooperación internacional para el desarrollo.

Los destinos de las becas serán en Santiago de Compostela, en la sede de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea o, fuera de esta, en las unidades de cooperación en el exterior (UCE) de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la beca será de 1.350 € brutos mensuales, en el caso de que los destinos sean en el exterior, y 1.100 € brutos mensuales, en el caso de que los destinos sean en la sede de la Dirección General.

Las personas becarias destinadas en el exterior recibirán una cuantía máxima de 2.200 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas beneficiarias de las becas serán personas tituladas universitarias y con vecindad administrativa en Galicia.

Requisitos:

a) Tener vecindad administrativa en Galicia.

b) Estar en posesión de un título universitario oficial de grado, licenciatura, diplomatura, arquitectura, ingeniería o equivalente. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición, en el momento del final del plazo de presentación de solicitudes y haber finalizado los estudios conducentes a él en el año 2014 o posterior.

c) No haber disfrutado anteriormente de otra beca de formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo de la Xunta de Galicia, excepto que en alguna convocatoria anterior fuera llamado de la lista de reserva y disfrutara de la beca por un período de tiempo no superior a 3 meses.

d) No tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca, cualquiera que fuera esta o, en el caso de tener empleo remunerado o disfrutar de otra beca, presentar un compromiso expreso de renunciar a ellos con anterioridad a la aceptación de la beca.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las actividades formativas para las que se convocan las becas.

f) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 de junio).

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 06/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento