Becas para cursar estudios superiores de musica en Conservatorios o Escuelas Superiores de Musica en España o en paises europeos durante el año 2014.

Código de ayuda:

S36964/14

Norma:

Orden ECD/90/2014, de 9 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar 16 becas para la realización de estudios superiores de música o equivalentes durante el curso 2014-2015. La finalidad de estas becas es sufragar total o parcialmente los gastos ocasionados durante la realización de dichos estudios superiores de música o equivalentes, siempre y cuando se produzcan entre el 1 de abril de 2014 y el 31 de diciembre de 2014.

Categorías Subvención

  • Becas

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) La cuantía minima de la beca será de 2.500 euros.

b) El importe de la beca se incrementará de forma proporcional a la puntuación obtenida por cada benefi ciario, hasta un máximo de 3.600 euros, que se concederá a los que hayan obtenido la puntuación máxima (100 puntos).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos que reúnan los requisitos establecidos.

Requisitos:

a.- Que en el curso 2014-2015 vayan a realizar estudios superiores de música en Conservatorios o Escuelas Superiores de Música de cualquiera de las Comunidades Autónomas de España, o en centros de países europeos que impartan estudios equivalentes, debiendo matricularse de un curso completo o de un mínimo de 45 créditos.

b.-En el caso de alumnos que ya estén cursando estudios superiores de música, haber obtenido una media de 5 puntos o más en las calificaciones del último año académico.

En el caso de alumnos que inicien los estudios superiores de música:

— Estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso para mayores de 25 años o la prueba de acceso a la que se refi ere el artículo 69.5 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

— Haber obtenido la califi cación de apto en las pruebas específi cas de acceso a estos estudios.

c.-Estar empadronado en algún municipio de Cantabria con una antigüedad de, al menos, un año con anterioridad a la publicación de la presente orden.

d.-Tener el domicilio fiscal en Cantabria (en el supuesto de que el alumno no forme una unidad familiar a efectos de renta, el declarante principal de la unidad familiar a la que pertenezca
aquél deberá tener su domicilio fi scal en Cantabria).

Documentos asociados

Boletín: 18/07/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos Descargar Documento