Becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Código de ayuda:

S32982/19

Norma:

ORDEN 2548/2018, de 13 de diciembre. Orden 1402/2019, de 30 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar cinco becas para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, dos de ellas dependientes de la Subdirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior, una del Área Centro de Documentación Europea y dos de la Subdirección General de Fondos Europeos y Política Regional, de acuerdo con los perfiles que se establecen en el apartado anterior.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito destinado para la presente convocatoria será de hasta 48.000 euros. Las becas estarán dotadas con una cantidad máxima anual de 9.600 euros y serán abonadas por mensualidades vencidas de 800 euros. El importe de las becas incluye los gastos de las cuotas al Sistema de la Seguridad Social correspondientes tanto al trabajador como a la Administración, según la legislación vigente.

La duración de las becas tendrá carácter anual pudiéndose prorrogar por un período máximo de dos años naturales adicionales. A estos efectos, la duración del primer año y de sus prórrogas se entiende por años naturales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán destinatarios de estas becas los titulados universitarios de grado o licenciatura.

Requisitos:

a) Tener como máximo treinta años de edad cumplidos dentro del año natural de la convocatoria.

b) Tener nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de aquellos Estados con los que la Unión haya ratificado un Tratado Internacional por el que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

c) Estar empadronados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, como mínimo, un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con la respectiva convocatoria o tener la última vecindad administrativa en dicho ámbito en el caso de residentes en el extranjero.

d) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior exigida para las distintas becas a las que se presente, conforme al catálogo de titulaciones recogido en el Anexo III y de acuerdo con los siguientes perfiles:

1. Para la Subdirección General de Fondos Europeos:

• Un becario con titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior del perfil de “Economía, Estadística”.

• Un becario con titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior del perfil de “Comunicación”.

2. Para la Subdirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior:

• Un becario con titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior del perfil de “Economía, Estadística”.

• Un becario con titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior del perfil de “Jurídico, Relaciones con la Unión Europea y Administración Pública”.

3. Para el Centro de Documentación Europea:

• Un becario con titulación universitaria de grado, licenciatura o equivalente o titulación superior del perfil de “Comunicación” o “Documentalista, Archivista”.

e) Dominio del idioma inglés, que se acreditará mediante diploma acreditativo del nivel C1 o superando la prueba que se desarrollará al efecto.

f) No realizar ningún trabajo remunerado ni percibir ayuda o beca con el mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.

g) No podrán ser beneficiarios de las becas las personas en las que concurran algunas de las circunstancias señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 35
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 24/05/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 122
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/05/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 122
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento